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Una vez que al PDI le salga dentro del apartado de Operaciones Disponibles la opción de "Cumplimentar" podrá comenzar a cumplimentar el Autoinforme
El autoinforme es único, pero consta de tres partes.
- AUTOINFORME. VALORACIONES Y REFLEXIONES PERSONALES SOBRE LA EVALUACIÓN.
- AUTOINFORME. PLAN DE MEJORA
- AUTOINFORME. DECLARACIÓN JURADA
Para registrar el Autoinforme deberá introducir la información que corresponda en cada uno de los indicadores. Para cada indicador tipo rúbrica aparecerá la opción de poder recoger evidencias y también de poder recoger la información detallada de cada subindicador o apartado recogido en la misma, para ello se dispone del botón 'Editar rúbrica'
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- Iniciado Autoinforme (cuando los gestores han enviado el correo comunicando inicio del proceso de Autoinforme y está abierto el plazo para cumplimentación del Autoinforme)
- En tramitación Autoinforme (cuando el PDI ha registrado el borrador el Autoinforme)
- Finalizado Autoinforme (cuando ha firmado el Autoinforme o ha acabado el plazo para cumplimentación y no se ha iniciado o finalizado)
Situaciones:
Esta información también aparecerá reflejada cuando se consulta el listado de expedientes. Ahora se informa primero de la FASE y estado y en línea aparte la situación



