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  • Datos generales
  • Entidades convocantes
  • Entidades financiadoras a través de un plan y programa, que financia un porcentaje determinado haciendo uso de un tipo de financiación y a través de una fuente de financiación (que tiene un ámbito geográfico, un origen (público o privado) y la característica de si es un fondo estructural o no).
  • Enlaces
  • Plazos y fases 
  • Periodos de justificación
  • Periodos de seguimiento científico
  • Hitos
  • Documentos
  • Requisitos a cumplir por el IP
  • Requisitos a cumplir por el equipo investigación
  • Elegibilidad
  • Códigos económicos 
  • Configuración de solicitudes

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A una convocatoria se le podrán asociar tantos conceptos de gasto como sea necesario. Quedarán definidos a través de los siguientes campos:

  • Elegibilidad
    • Concepto de gasto
    • Importe máximo
    • Mes inicial
    • Mes final
    • Observaciones
  • Códigos económicos del SGE

Este listado de conceptos de gasto elegibles o permitidos se vinculará a las convocatorias  y proyectos (apartado elegibilidad) pero  por sí solos no podrán hacer referencia a ningún dato económico de manera directa. Para ello es necesario que cada uno de estos conceptos tenga su correspondencia con el código económico definir la correspondencia con los códigos económicos correspondiente del SGE, para, junto con otros datos del proyecto, poder conformar el código de las partidas presupuestarias a partir de las que se establecerá la integración con el SGE, recopilando de este sistema todo el detalle económico de cada proyecto asociado a la convocatoria. Ver apartado Códigos económicos

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Con el campo observaciones se podrá recoger cualquier comentario que aplique de forma concreta al gasto dentro de la convocatoria.

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En este apartado Elegibilidad también se realizará la configuración de los costes indirectos. Para permitir que los costes indirectos queden vinculados al concepto de gasto correspondiente se indicará:

  • Concepto de gasto de los asociados a la convocatoria como elegibles que representa a los costes indirectos.
  • Porcentaje de costes indirectos.

A través de  la vinculación con los  Códigos económicos, los costes indirectos tendrán también su correspondencia con el SGE.

Conceptos de gasto no permitidos

Por último, los conceptos de gasto no permitidos quedarán definidos de forma similar a los permitidos, a través de los campos:

  • Concepto de gasto
  • Mes inicial
  • Mes final
  • Observaciones

Los campos "mes inicial" y "me final" recogerá el rango de meses relativo a la duración de cada uno de los proyectos resultantes en el que el gasto no estará permitido.

Con el campo observaciones se podrá recoger cualquier comentario que aplique de forma concreta al gasto dentro de la convocatoria.

Un mismo concepto de gasto podrá estar incluido en el listado de gastos permitidos y en el de no permitidos. En el campo observaciones se indicarán las especificaciones marcadas por la convocatoria dentro del concepto de gasto que delimitan la elegibilidad para el tipo concreto. Será la vinculación de los conceptos de gastos a los códigos económicos lo que ya determina qué subconceptos están o no permitidos, de acuerdo al desglose que cada SGE realice de los conceptos de gasto.

el listado de códigos económico se establecerá la relación entre los conceptos de gasto de la convocatoria, tanto los permitidos como los no permitidos,  con los códigos económicos del SGE. Los códigos económicos del SGE deben de ser recuperados a través del requisitos de integración REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0050 - Códigos económicos

La vinculación de los códigos económicos a los conceptos de gasto, junto con otros códigos propios de los proyectos que resulten de la convocatoria, es lo que permitirá componer el código completo de las aplicaciones presupuestarias que serán necesarias para la integración entre SGI y SGE.

La relación entre conceptos de gasto de investigación y códigos económicos se establecerá a nivel de convocatoria y/o proyecto, lo que posibilitará la adaptación en cada una de ellas. Podría haberse optado por hacer esta vinculación con carácter general en todo el SGI, pero esto implicaría que todos los proyectos/convocatorias tuvieran la misma relación concepto de gasto de investigación - código económico del SGI. 

La relación entre el concepto de gasto de investigación y sus códigos económicos quedará establecida por los siguientes campos:

A través de las fechas de inicio y fin se establece la vigencia de la vinculación entre concepto de gasto y código económico. Se contemplan estas fechas para dar cabida a que la correspondencia pueda variar a lo largo de la duración de la convocatoria/proyecto, debido a que en el SGE se registren modificaciones sobre los códigos económicos. Se parte de la base de que el listado de códigos económicos debe de ser leído desde el SGE, y es este sistema el que debe informar de la vigencia de los códigos económicos, de forma que las fechas de vigencia serán las marcadas por la información recogida de los códigos económicos el SGE, a través de REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0050 - Códigos económicos.  Estas fechas no serán obligatorias en el SGI, de forma que si fecha inicio y fecha fin no tienen ningún valor, indicará que la correspondencia está vigente durante toda la duración de la convocatoria. Sin embargo, se mantendrán como campos editables en el SGI para dar la posibilidad de cubrir alguna particularidad por la que estas fechas de correspondencia entre el concepto de gasto y el código económico puedan ser independientes de las fechas de vigencia del código económico en el SGE (debiendo ser introducidas en el SGI en cada convocatoria/proyecto por los ACT-CSP-003-Gestor).

Un  mismo concepto de gasto de la convocatoria puede estar vinculado a más de un código del SGE, con esto se cubrirá el hecho de que el SGE definirá sus códigos contables en subconceptos.  También puede darse la situación que un código económico del SGE pueda estar vinculado a varios conceptos de gasto de la convocatoria en un mismo rango de fechas (para estas situaciones se tendrá que elegir de forma manual durante la "Validación del gasto" cual es el concepto de gasto asociado al código económico que llegue del SGE para luego poder mostrar los gastos agrupados por concepto de gasto).

Costes indirectos

En este apartado Elegibilidad también se realizará la configuración de los costes indirectos. Para permitir que los costes indirectos queden vinculados al concepto de gasto correspondiente se indicará:

  • Concepto de gasto de los asociados a la convocatoria como elegibles que representa a los costes indirectos.
  • Porcentaje de costes indirectos.

A través de  la vinculación con los  Códigos económicos, los costes indirectos tendrán también su correspondencia con el SGE.

Conceptos de gasto no permitidos

Por último, los conceptos de gasto no permitidos quedarán definidos de forma similar a los permitidos, a través de los campos:

  • Elegibilidad:
    • Concepto de gasto
    • Mes inicial
    • Mes final
    • Observaciones
  • Códigos económicos del SGE

Los campos "mes inicial" y "me final" recogerá el rango de meses relativo a la duración de cada uno de los proyectos resultantes en el que el gasto no estará permitido.

Con el campo observaciones se podrá recoger cualquier comentario que aplique de forma concreta al gasto dentro de la convocatoria.

Un mismo concepto de gasto podrá estar incluido en el listado de gastos permitidos y en el de no permitidos. En el campo observaciones se indicarán las especificaciones marcadas por la convocatoria dentro del concepto de gasto que delimitan la elegibilidad para el tipo concreto. Será la vinculación de los conceptos de gastos a los códigos económicos lo que ya determina qué subconceptos están o no permitidos, de acuerdo al desglose que cada SGE realice de los conceptos de gasto.

El listado de conceptos de gasto es configurable por los ACT-CSP-004-Administrador, a través de Gestión de conceptos de gasto de investigación, por lo que si en algún caso interesase que los conceptos de gasto fuesen de mayor granularidad, de forma que el mismo concepto ya discrimine la elegibilidad para evitar repetir el mismo concepto en los dos apartados (permitidos y no permitidos), también sería posible. No obstante debe tenerse en cuenta que el listado de conceptos de gasto de investigación es común a todo el SGI (y por tanto a todas las convocatorias).

La relación entre el concepto de gasto de investigación y sus códigos económicos quedará establecida por los siguientes campos:

A través de las fechas de inicio y fin se establece la vigencia de la vinculación entre concepto de gasto y código económico. Se contemplan estas fechas para dar cabida a que la correspondencia pueda variar a lo largo de la duración de la convocatoria/proyecto, debido a que en el SGE se registren modificaciones sobre los códigos económicos. Se parte de la base de que el listado de códigos económicos debe de ser leído desde el SGE, y es este sistema el que debe informar de la vigencia de los códigos económicos, de forma que las fechas de vigencia serán las marcadas por la información recogida de los códigos económicos el SGE, a través de REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0050 - Códigos económicos.  Estas fechas no serán obligatorias en el SGI, de forma que si fecha inicio y fecha fin no tienen ningún valor, indicará que la correspondencia está vigente durante toda la duración de la convocatoria. Sin embargo, se mantendrán como campos editables en el SGI para dar la posibilidad de cubrir alguna particularidad por la que estas fechas de correspondencia entre el concepto de gasto y el código económico puedan ser independientes de las fechas de vigencia del código económico en el SGE (debiendo ser introducidas en el SGI en cada convocatoria/proyecto por los ACT-CSP-003-GestorEl listado de conceptos de gasto es configurable por los ACT-CSP-004-Administrador, a través de Gestión de conceptos de gasto de investigación, por lo que si en algún caso interesase que los conceptos de gasto fuesen de mayor granularidad, de forma que el mismo concepto ya discrimine la elegibilidad para evitar repetir el mismo concepto en los dos apartados (permitidos y no permitidos), también sería posible. No obstante debe tenerse en cuenta que el listado de conceptos de gasto de investigación es común a todo el SGI (y por tanto a todas las convocatorias).



Ver prototipo de pantalla IU-CSP-0201-012 - Crear convocatoria - Elegibilidad

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