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Este listado de conceptos de gasto elegibles o permitidos se vinculará a las convocatorias  y proyectos (apartado elegibilidad) pero  por sí solos no podrán hacer referencia a ningún dato económico de manera directa. Para ello es necesario definir la correspondencia con los códigos económicos correspondiente del SGE, para, junto con otros datos del proyecto, poder conformar el código de las partidas presupuestarias a partir de las que se establecerá establecer la integración con el SGE, recopilando de este sistema todo el detalle económico de cada proyecto asociado a la convocatoria.

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Los campos "mes inicial" y "me final" recogerá el rango de meses relativo a la duración de cada uno de los proyectos resultantes en el que el gasto estará permitido. Estos campos serán los únicos que permita modificar la elegibilidad de un gasto durante el transcurso de la duración de la actividad resultante de la convocatoria. No se contempla la existencia de fechas de vigencia o un indicador de activo que permitan configurar que durante el transcurso del proyecto resultante de la convocatoria un concepto de gasto pase de ser permitido a no permitido (a excepción de lo del número de meses). Esto quiere decir, que cuando un concepto de gasto se elimine del listado de gastos permitidos no se recuperarán del SGE ninguno de los gastos asociados a ese concepto (a través del código económico configurado en el siguiente apartado), ni siquiera los que hayan sido registrados con carácter previo a la eliminación del concepto de gasto. Debe tenerse en cuenta que todas las operaciones contables y documentos de gastos y facturas serán recuperados del SGE sin que exista ningún almacenamiento de los mismos interno al SGI.

Con el campo observaciones se podrá recoger cualquier comentario que aplique de forma concreta al gasto dentro de la convocatoria.

En el listado de códigos económico económicos se establecerá la relación entre los conceptos de gasto de la convocatoria, tanto los permitidos como los no permitidos,  con convocatorias y los códigos económicos del SGE. Los códigos económicos del SGE deben de ser recuperados a través de integración con el SGE .La vinculación de los códigos económicos a los conceptos de gasto, junto con otros códigos propios de los proyectos que resulten de la convocatoria, es lo que permitirá componer el código completo de las aplicaciones presupuestarias que serán necesarias para la integración entre SGI y SGE REQ-INT-0010-SGE-0070 - Listar códigos económicos de gastos.

La relación entre conceptos de gasto de investigación y códigos económicos se establecerá a nivel de convocatoria y/o proyecto, lo que posibilitará la adaptación en cada una de ellas. Podría haberse optado por hacer esta vinculación con carácter general en todo el SGI, pero esto implicaría que todos los proyectos/convocatorias tuvieran la misma relación concepto de gasto de investigación - código económico del SGI. 

La relación entre el concepto de gasto de investigación y sus códigos económicos quedará establecida por los siguientes campos:

  • Código contable económico del  SGE, con el que se asocia el concepto de gasto. Los códigos económicos del SGE deberán ser leídos a partir de la integración con este sistema.
  • Fecha de inicio. 
  • Fecha de fin. 

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Un  mismo concepto de gasto de la convocatoria puede estar vinculado a más de un código del SGE, con esto se cubrirá el hecho de que el SGE definirá sus códigos contables en subconceptos.  También puede darse la situación que un código económico del SGE pueda estar vinculado a varios conceptos de gasto de la convocatoria en un mismo rango de fechas (para estas situaciones se tendrá que elegir de forma manual durante la "Validación del gasto" cual es el concepto de gasto asociado al código económico que llegue del SGE para luego poder mostrar los gastos agrupados por concepto de gasto).

Costes indirectos

En este apartado Elegibilidad también se realizará la configuración de los costes indirectos. Para permitir que los costes indirectos queden vinculados al concepto de gasto correspondiente se indicará:

  • Concepto de gasto de los asociados a la convocatoria como elegibles que representa a los costes indirectos.
  • Porcentaje de costes indirectos.

A través de  la vinculación con los  Códigos económicos, los costes indirectos tendrán también su correspondencia con el SGE.


Conceptos de gasto no permitidos

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  • Elegibilidad:

    • Concepto de gasto

    • Mes inicial

    • Mes final

    • Observaciones

  • Códigos económicos del SGE.

Los campos "mes inicial" y "me final" recogerá el rango de meses relativo a la duración de cada uno de los proyectos resultantes en el que el gasto no estará permitido.

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La relación entre el concepto de gasto de investigación y sus códigos económicos quedará establecida por los siguientes campos:

A través de las fechas de inicio y fin se establece la vigencia de la vinculación entre concepto de gasto y código económico. Se contemplan estas fechas para dar cabida a que la correspondencia pueda variar a lo largo de la duración de la convocatoria/proyecto, debido a que en el SGE se registren modificaciones sobre los códigos económicos. Se parte de la base de que el listado de códigos económicos debe de ser leído desde el SGE, y es este sistema el que debe informar de la vigencia de los códigos económicos, de forma que las fechas de vigencia serán las marcadas por la información recogida de los códigos económicos el SGE, a través de de REQ - NF -INT-0010-SGE- 0050 0070 - Códigos Listar códigos económicos de gastos.  Estas fechas no serán obligatorias en el SGI, de forma que si fecha inicio y fecha fin no tienen ningún valor, indicará que la correspondencia está vigente durante toda la duración de la convocatoria. Sin embargo, se mantendrán como campos editables en el SGI para dar la posibilidad de cubrir alguna particularidad por la que estas fechas de correspondencia entre el concepto de gasto y el código económico puedan ser independientes de las fechas de vigencia del código económico en el SGE (debiendo ser introducidas en el SGI en cada convocatoria/proyecto por los ACT-CSP-003-Gestor).

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