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Descripción de convocatoria

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Una convocatoria tendrá los siguientes bloques de información:

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  • Habilitación o no del registro de solicitudes a través del SGI. Los ACT-CSP-003-Gestor en el momento de crear la convocatoria podrán decidir si los propios investigadores pueden registrar la solicitud a través del SGI. En caso contrario el registro podría ser realizado por los propios ACT-CSP-003-Gestor. El hecho de registrar las solicitudes en el SGI será una decisión propia de cada unidad de gestión/Universidad. El registro y estados de la solicitud en el SGI será independiente del ciclo de la solicitud real en la plataforma o mecanismos facilitados por la entidad gestora/convocante. Será decisión de cada Universidad registrar todas las solicitudes o solo las concedidas y/o hacerlo con caracter previo o en paralelo al ciclo de registro propio de cada entidad gestora/convocante.
  • Configuración del plazo de presentación de solicitudes. Solo tendrá sentido si se ha habilitado el registro de solicitudes para los investigadores a través del SGI. El plazo de presentación hará referencia al intervalo de fechas durante el que los investigadores pueden registrar la solicitud en el SGI. Para configurarlo se podrá:
    • Hacer uso de uno de los plazos definidos en el apartado Plazos y fases de la convocatoria (Ver Plazos y fases). En este caso se seleccionará el plazo definido y sus fechas de inicio y fin se tomarán como los límites para posibilitar la introducción de las solicitud en el SGI por parte de los investigadores.
    • Si en el apartado de Plazos y fases no se ha especificado ninguna fase que se corresponda con la recogida interna de solicitudes, se podrán poner manualmente las fechas de inicio y fin del intervalo durante el cual estará habilitada la posibilidad de introducir, por parte de los investigadores,  la solicitud en el SGI.
  • Listado de documentos requeridos. A través de este listado se permitirá indicar los documentos que deben ser adjuntados en la tramitación de la solicitud. El listado de documentos disponibles serán los configurados sobre el modelo de ejecución al que se ha asociado la convocatoria. Para configurar el requerimiento de un documento se debe indicar
    • Fase. El listado de fases serán todas las configuradas en el modelo de ejecución al que se ha asociado la convocatoria. Lo apropiado será que se haya configurado una fase de "Presentación de solicitudes" que sea la seleccionada en este momento. De no ser así podrá dejarse vacío.
    • Tipo de documento. Se mostrarán los tipos de documentos vinculados a la fase seleccionada. Si la fase se ha dejado vacía se mostrarán todos los tipos de documento asociados al modelo de ejecución (independientemente de la fase)
    • Observaciones. Indicaciones u observaciones sobre el documento solicitado.
  • Tipo de formulario para la solicitud: El SGI definirá un número máximo y limitado de formularios para la recogida de solicitudes:
    • Proyecto de investigación. No conllevará baremación de las solicitudes.
    • Ayudas a grupos. Conllevará baremación de las solicitudes. La baremación deberá estar basada en criterios disponibles en CVN, limitada a un nivel de configuración aún por determinar.
    • Ayudas de RRHH (tipo predoctorales). Conllevará baremación de las solicitudes. La baremación deberá estar basada en criterios disponibles en CVN, limitada a un nivel de configuración aún por determinar.
  • Importe máximo a conceder en la solicitud. Si la convocatoria establece algún límite, se podrá recoger en este campo.

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