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Tabla de contenidos

Introducción

El módulo de Protección Industrial e Intelectual o PII permite gestionar las invenciones, sus solicitudes de protección y demás elementos de información relativos a su gestión tanto administrativa como económica por parte de la OTRI.

A la gestión de todo ello se da acceso a través de la opción de menú "Invenciones", la única opción del menú principal del gestor de este módulo, que da acceso al buscador y listado de invenciones, a partir de las cuales se podrá llevar a cabo la gestión del resto de entidades relacionadas con ellas.

El apartado de "Invenciones", y todos a los que se da acceso a partir de él, serán únicamente accesibles para el rol "gestor".

Vista general del menú Invenciones:


A continuación se detallan cada una de las opciones de menú del módulo de Protección industrial e intelectual para un usuario con el perfil de un Gestor/a.

Invenciones

Las invenciones, junto con las solicitudes de protección asociadas a ellas, son los elementos de información más importantes de este módulo.

Las invenciones son productos, conocimientos o técnicas, fruto de la investigación, generalmente en el ámbito de un proyecto de la Universidad, que por su carácter novedoso o sus posibles aplicaciones en la industria se considera que se han de proteger para poder ser explotados. La protección de las invenciones se gestionará a través de las solicitudes de protección, que no representan más que los distintos trámites que se van abriendo por diversas vías para gestionar esta protección e ir obteniendo diferentes licencias de uso de esa invención en unos u otros ámbitos y/o áreas geográficas.

El proceso de registro de la propiedad de una invención se inicia por los investigadores cumplimentando un formulario (oficialmente llamado "comunicación de resultados a proteger") donde se recoge una serie de información que permitirá a la OTRI, a quien se remite esta solicitud, determinar si a partir de dicha comunicación se inicia el proceso de solicitud de protección de la misma o no y, en su caso, cómo y dónde se protegerá.

Si se decide que se ha de proteger la invención, la OTRI le asignará un tipo de protección. En este punto es en el que la invención aparecerá por primera vez en el SGI, esto es, será a partir de este momento cuando el personal de la OTRI la dará de alta con los datos que se considere de interés reflejar en el sistema, uno de ellos, el propio documento de comunicación.

Una vez se decide registrar en el SGI una invención, el dato de la misma que determinará, desde un primer momento, cómo se gestionará su protección será el "Tipo de protección". Un tipo de protección tendrá siempre asignado un tipo de propiedad específico de entre dos opciones posibles, "Propiedad intelectual" o  "Propiedad industrial". Este tipo de propiedad del tipo de protección, será el que determine las posibles vías de protección a través de las que se puede solicitar proteger la invención, mediante las diferentes solicitudes de protección que se vayan creando, es por ello que es el dato de mayor relevancia para esta entidad.

Con carácter general todas las invenciones tienen la posibilidad de recoger en el SGI la misma información. Esta información se presentará y gestionará agrupada en diferentes secciones de la siguiente forma:

  • Datos generales: serán aquellos datos mínimos básicos necesarios para dar de alta una invención en el sistema y que habrán sido proporcionados en su mayoría en el documento de comunicación de invención.
  • Equipo inventor: lista de autores o miembros del equipo inventor de una invención.
  • Documentos: documentación digitalizada asociada a las invenciones de carácter general, como puede ser el propio documento de "comunicación de resultados a proteger".
  • Titularidad: información de las entidades titulares de la invención a lo largo del tiempo.
  • Informes de patentabilidad: informes sobre los que el gestor se podrá basar para tomar las decisiones de seguir adelante o no con la protección de una invención.
  • Solicitudes de protección: reflejo de los trámites que se llevan a cabo a lo largo del tiempo y, según el caso, en diferentes países para la protección de una invención. Será la única sección de información que podrá diferir en contenido entre las protecciones de tipo industrial y las de tipo intelectual.
  • Ejecución económica: información sobre gastos, contratos e ingresos generados por las invenciones y sobre los procesos de reparto de los beneficios de la explotación de las mismas.

Secciones de información

Datos generales

Esta sección será un formulario con una serie de datos de diferentes tipos y formas de presentación. Son los siguientes:

  • Título: campo de texto, a modo de breve resumen de la invención, de forma que se identifique y diferencie respecto a otras invenciones. Es obligatorio.
  • Fecha de comunicación:  fecha (sin hora) de la comunicación de la invención. Por defecto, en el alta, se cargará con la fecha del momento seleccionada, pero se podrá indicar otra por parte del usuario.  Es obligatoria.
  • Descripción: campo de texto con información adicional que se quiera detallar acerca de la invención. Es obligatorio.
  • Tipo de protección: desplegable con los valores configurados en Tipos de protección. Es obligatorio.
  • Subtipo de protección: desplegable con los valores de subtipos de protección configurados en Tipos de protección para el Tipo de protección que se seleccione. Es opcional.
  • Proyecto de investigación: referencia al proyecto a asociar con la invención a seleccionar de entre los proyectos disponibles en el SGI. Sería el proyecto o contrato con el que se ha financiado o en el marco del cuál ha surgido la invención. Es opcional.
  • Sectores de aplicación: desplegable con los valores configurados enSectores de aplicación. Se pueden asociar más de uno. Será obligatorio añadir al menos uno.
  • Áreas de procedencia: listado de áreas de conocimiento de las que puede proceder o están relacionadas con la invención. Se pueden asociar más de una. Será obligatorio añadir al menos una.
  • Documento de comunicación de invención: formulario original que el investigador ha entregado a la OTRI para comunicar la invención. Solo es visible en esta sección en el alta de la invención por simplicidad, a partir del alta, aparecerá junto con el resto de documentos asociados a la invención. La idea es que fuese únicamente un documento, pero no se limitará que se puedan añadir más. Será obligatorio añadir al menos uno.
  • Comentarios/Observaciones: campo de texto abierto. Es opcional.

Equipo inventor

Esta sección será un listado de personas, existentes en el sistema de gestión de personas de la Universidad ENLACE, que representan el conjunto de autores de la invención.

La información de la que se dispondrá en el SGI relativo al equipo inventor es:

  • Persona miembro del equipo inventor: referencia a una persona dentro del Sistema de Gestión de Personas de la Universidad. Aunque los datos de la persona serán visibles y, con los permisos adecuados, modificables, en ambos casos con la adecuada conexión con los sistemas de la Universidad, estos datos no estarán almacenados en el SGI. Es obligatoria.
  • % de Participación: porcentaje de participación de autoría en la invención del miembro del equipo inventor. Podrá tener un valor mayor que 0 y menor o igual que 100. Es obligatorio.
  • Reparto Universidad: indicador de si al miembro del equipo inventor se le hará el reparto de resultados por parte de la Universidad o no. Es obligatorio.

Desde esta sección se podrá además añadir nuevos miembros al equipo inventor o modificar los datos de los existentes.

Documentos

Esta sección contendrá un listado con la documentación que se genera durante el proceso de gestión de la protección de la invención.

La información de la que se dispondrá en el SGI relativa a los documentos de una invención es:

  • Fecha (en la que se ha) añadido: fecha (sin hora) en la que se añadió el documento asociado a la invención. Es obligatorio.
  • Nombre: campo de texto, a modo de nombre identificativo que se da al documento asociado a la invención. Es obligatorio.
  • Fichero: fichero físico asociado a la invención como documento. Es obligatorio.

En esta sección es en la que aparecerá la documentación adjuntada durante el proceso de alta de la invención en el formulario de "Datos generales".

Desde esta sección se podrá además añadir nuevos documentos a la invención, además de ver o modificar los datos de los existentes o de descargar el fichero asociado a cada uno.

Titularidad

En esta sección se verán, y se podrán gestionar, los titulares (entidades) de la invención y los periodos de vigencia de los mismos, definidos por una fecha de inicio y un fecha de fin.

Se mostrarán dos listados separados, pero dependientes entre sí: el listado de períodos de titularidad y el listado de titulares asociados a un período de titularidad.

El listado de períodos de titularidad contendrá un listado de períodos de tiempo diferenciados y no coincidentes cuyo objeto es el de reflejar un cambio en la titularidad de la invención del que se quiere dejar constancia.

Se entenderá por período vigente a aquel que no tenga una fecha de fin y por período histórico al que sí la tenga. En un momento concreto, solo podrá existir un único período vigente.

En este listado de se mostrará tanto el período vigente, que solo podrá ser uno, como los períodos históricos, estando en un primer momento seleccionado el período vigente o, en su defecto, el histórico más reciente, al acceder a la pantalla.

La información de la que se dispondrá en el SGI relativa a los períodos de titularidad de una invención es:

  • Fecha inicio: fecha (sin hora) de inicio del período de titularidad. Es obligatorio.
  • Fecha fin: fecha (sin hora) de fin del período de titularidad. Es opcional.

Al seleccionar un período en este listado, se actualizará automáticamente el listado de titulares con los que estén asociados a ese período.

Sobre este listado se podrá modificar o eliminar únicamente el período vigente y siempre y cuando además no existan repartos de pagos asociados con él. El único dato que se podrá modificar será la fecha de inicio de la titularidad. En cuanto a la eliminación, ésta supondrá que se solicite al usuario confirmar si al eliminar el período vigente el período inmediatamente anterior vuelve a ser vigente (se elimina su fecha de fin) o bien simplemente no queda ningún período de vigencia activo.

Se podrá además añadir un nuevo período de vigencia, de forma que el inmediatamente anterior pasará a ser histórico. El usuario habrá de indicar tanto la fecha de fin del período anterior, que pasará a ser histórico, como la de inicio del nuevo período, que pasará a ser el vigente.

Al añadir un nuevo período de vigencia, se validará la secuencialidad y no intersección entre las fechas, pero no se restringirá por parte de la aplicación el que haya saltos entre períodos de titularidad. Además, se hará una copia de la lista de titulares del período anterior para que sirva de base a las modificaciones que este nuevo período precise realizar sobre los mismos.

En el listado de titulares aparecerán por defecto las entidades titulares dentro del período vigente o, en su defecto, del histórico más reciente, pero se podrán mostrar así mismo los titulares de un período histórico si se selecciona otro período en el listado de períodos de titularidad.

La información de la que se dispondrá en el SGI relativa a los titulares de una invención dentro de un período de titularidad es:

  • Entidad (titular): referencia a la entidad titular de la invención, en el período de titularidad seleccionado, en el Sistema de Gestión de Empresas de la Universidad. Aunque los datos de la entidad/empresa serán visibles y, con los permisos adecuados, modificables, en ambos casos con la adecuada conexión con los sistemas de la Universidad, estos datos no estarán almacenados en el SGI. Es obligatoria.
  • % de Participación: porcentaje de participación de la entidad en la titularidad invención. Podrá tener un valor mayor que 0 y menor o igual que 100. Es obligatorio.

Como se ha descrito anteriormente, para el primer período de vigencia, sus titulares y los porcentajes se generarán en función de las entidades a las que pertenecen los miembros del equipo inventor y sus porcentajes de autoría. El porcentaje de participación de una entidad es la suma de los porcentajes de autoría de los miembros del equipo inventor vinculados a ella.

Así mismo, como se comenta también en la gestión del listado de períodos de titularidad, al añadir un nuevo período se cargará este listado por defecto con los titulares del período anterior.

Al modificar los titulares se pueden cambiar los porcentajes o añadir o quitar alguna de las entidades, siempre y cuando la suma de porcentajes siga sumando 100% al ir a guardar las modificaciones.

Desde esta sección se podrá además añadir nuevos períodos de titularidad a la invención, además de ver o modificar los datos de los existentes del propio período, o de los titulares asociados a los mismos, o de asociar nuevos titulares a un período.

Informes de patentabilidad

Esta sección contendrá un listado con los diferentes informes de patentabilidad que se hayan solicitado realizar a entidades externas a la Universidad asociados a una invención.

La información de la que se dispondrá en el SGI relativa a los informes de patentabilidad de una invención es:

  • Fichero adjunto: fichero físico asociado a la invención como informe de patentabilidad. Es obligatorio.
  • Fecha informe: fecha (sin hora) del informe de patentabilidad . Es obligatorio.
  • Resultado del informe: desplegable con los valores configurados en Resultados Informes Patentabilidad. Es obligatorio.
  • Entidad creadora: referencia a la entidad creadora del informe en el Sistema de Gestión de Empresas de la Universidad. Aunque los datos de la entidad/empresa serán visibles y, con los permisos adecuados, modificables, en ambos casos con la adecuada conexión con los sistemas de la Universidad, estos datos no estarán almacenados en el SGI. Es obligatoria.
  • Contacto empresa creadora: campo de texto libre donde recoger los datos que el usuario considere relevantes para el contacto con la empresa creadora del informe, por ejemplo, la persona o departamento de referencia para la gestión de estos informes. Es obligatorio.
  • Contacto examinador: campo de texto libre donde recoger los datos que el usuario considere relevantes para el contacto con la persona concreta que haya actuado como examinador para la generación del informe. Es obligatorio.
  • Comentarios: campo de texto libre. Es opcional.

Desde esta sección se podrá además añadir nuevos informes de patentabilidad a la invención, además de ver o modificar los datos de los existentes o de descargar el fichero asociado a cada uno.

Solicitudes de protección

En esta sección se podrán gestionar las solicitudes de protección de la invención en los distintos niveles y tipos de propiedad.

Al acceder a la sección se ve la lista de solicitudes que ya haya registradas en el sistema, pudiendo ser ninguna si el sistema no tiene ningún registro.

La información de la que se dispondrá en el SGI relativa a las solicitudes de protección de una invención será diferente en función de si el tipo de propiedad de la invención es Propiedad industrial o Propiedad intelectual, ya que, algunos campos de las solicitudes, varían entre un caso y el otro.

Desde esta sección se podrá además añadir nuevas solicitudes de protección a la invención, además de ver o modificar los datos de las existentes.

Los campos que tendrán en común las solicitudes de los dos tipos de propiedad serán los siguientes:

  • Título: campo de texto donde recoger el título de la solicitud de protección. Es obligatorio.
  • Fecha de solicitud: fecha (sin hora) en la que se realiza la solicitud de protección. Es obligatoria.
  • Vía de protección: desplegable con los valores configurados en Vías de Protección para la Propiedad Intelectual. Es obligatoria.
  • Nº de solicitud: campo de texto. Número de la solicitud que es comunicada por el organismo donde se solicita. Es obligatorio.
  • Comentarios: campo de texto. Comentarios a la solicitud de protección. Es opcional.

Adicionalmente, las solicitudes de protección de Propiedad Intelectual tendrán la siguiente información:

  • Nº de registro: campo de texto. Número del registro que es comunicada por el organismo que concede la protección. Es opcional.

Para las invenciones de Propiedad Industrial, la información adicional será:

  • Fecha de prioridad: fecha (sin hora) en la que se realiza la primera solicitud de protección. Estará presente excepto para el caso de las vías del tipo extensión internacional (PCT p.ej.), donde se utilizará, en lugar de fecha de prioridad, la fecha de solicitud. Es obligatoria.
  • Fecha de fin de prioridad: fecha (sin hora) de finalización de la prioridad de la solicitud. Estará presente excepto para el caso de las vías del tipo extensión internacional (PCT p.ej.), donde se utilizará, en lugar de fecha de fin prioridad, la fecha de fin de presentación a fases nacionales/regionales. Es obligatoria.
  • Fecha fin de presentación fases nacionales/regionales: fecha (sin hora) de finalización del plazo de presentación de solicitudes en fases nacionales/regionales. Estará presente solo para el caso de vías de protección del tipo extensión internacional (PCT p.ej.). Es obligatoria.
  • Fecha de publicación: fecha (sin hora) de publicación de la solicitud de protección. Es opcional.
  • Número de publicación: número de la publicación que es comunicada por el organismo donde se publica. Es opcional.
  • Fecha de concesión: fecha (sin hora) de concesión de la solicitud de protección. Es opcional.
  • Número de concesión: número de la concesión que es comunicada por el organismo que concede la protección. Es opcional.
  • Fecha caducidad: fecha de caducidad de la solicitud de protección. Solo se registra si el estado es o se cambia a "Caducada" y, en ese caso, será obligatorio indicarla.
  • Tipo de caducidad: será un desplegable con los siguientes valores posibles:
    • Abandono
    • Retirada
    • Denegación

    Solo será visible si el estado es o se cambia a "Caducada" y, en ese caso, será obligatorio indicarlo.

  • Agente de la propiedad: referencia a la entidad, en el Sistema de Gestión de Empresas de la Universidad, que actúa como agente de la propiedad asociado a la solicitud de protección. Aunque los datos de la entidad/empresa serán visibles y, con los permisos adecuados, modificables, en ambos casos con la adecuada conexión con los sistemas de la Universidad, estos datos no estarán almacenados en el SGI. Es opcional.
  • Estado: estado de la solicitud de protección. Tomará uno de los siguientes valores posibles:
    • Solicitada: en este estado, la solicitud, en general, solamente tiene la fecha de solicitud rellenada, pero no se restringirá a que así sea.
    • Publicada: en este estado, la solicitud, en general tiene, además de la fecha de solicitud, la fecha de publicación rellenada, pero no se restringirá a que así sea.
    • Concedida: en este estado, la solicitud, en general tiene, además de la fecha de publicación , la fecha de concesión rellenada, pero no se restringirá a que así sea.
    • Caducada: en este estado, la solicitud, en general tiene la fecha de caducidad rellenada, pero no se restringirá a que así sea.

Es obligatorio.

  • País: referencia al país, dentro del Sistema de Gestión de la Organización de la Universidad, donde específicamente se realiza la solicitud de protección. Solo se registra cuando se ha indicado una vía de protección con el indicador de desplegable de países asociados = "Sí" (País específico p.ej.) y, en este caso, será obligatorio indicarlo.
  • Listado de países validados: lista con los países para los que se ha validado el uso de la invención a través de la solicitud de protección. Esta sección es opcional y solo aparece bajo ciertas condiciones, tal y como se describe en un apartado posterior.

En cuanto a la gestión de las propias solicitudes, ésta también difiere en función del tipo de propiedad. En el caso de la Propiedad intelectual no aparecen los conceptos de prioridad ni la diferenciación por países, ya que se gestiona su protección a nivel mundial, y solamente habrá una solicitud de protección, mientras el el caso de la Propiedad industrial, generalmente habrá varias solicitudes de protección y sí se manejan los conceptos de inicio y fin de prioridad y de fin de plazo para entrada en períodos regionales/nacionales para las PCTs y la posibilidad de hacer solicitudes por país específico.

Para el caso de la Propiedad industrial, por el hecho de tener en cuenta el concepto de prioridad, la primera solicitud es muy importante, ya que es la que va a tener informadas las fecha de inicio y fin de prioridad. Sobre esta cuestión hay varios puntos a matizar en función de la vía de protección específica que se seleccione, tal y como se describe a continuación para las diferentes casuísticas que se pueden dar.

Propiedad industrial - PRIMERA SOLICITUD - VÍA NO PCT

En estos casos aplicará la prioridad, de forma que, el fin de la misma se calculará en función de la vía concreta y de los meses de prioridad que tenga configurados y de la fecha de prioridad (fecha de solicitud nombrada de manera especial en este caso).

Propiedad industrial - SEGUNDA SOLICITUD Y POSTERIORES - VÍA NO PCT

En estos casos no aplicará la prioridad.

Propiedad industrial - VÍA PCT

En estos casos, no aplicará la prioridad, pero sí se gestiona el concepto de plazo para la presentación de solicitudes a fases nacionales / regionales, de forma que, el fin de dicho plazo se calculará en función de los meses de prioridad configurados para esta vía concreta y de la fecha de solicitud.

Propiedad industrial - VÍA EUROPEA

En estos casos, no aplicará la prioridad.

Para las solicitudes de este tipo de vía aparecerá una sección adicional, que no existirá en el resto de casos, con la lista de países en los que se ha validado la invención. Se denominará Países validados y tendrá la siguiente información:

  • Fecha de validación: fecha (sin hora) en la que se valida la invención a través de la solicitud de protección. Es obligatoria.
  • País: referencia al país, dentro del Sistema de Gestión de la Organización de la Universidad, para el que se valida la invención a través de la solicitud de protección. Es obligatorio.
  • Código de invención: código de la invención en el país en el que se valida. Es obligatorio.

La gestión de las invenciones por esta vía se llevará a cabo mediante la creación de solicitudes en cada uno de estos países. El gestor será el encargado de su creación y gestión en los organismos correspondientes, en el SGI será gestionado a través de una única solicitud por esta vía Europea.

Procedimientos asociados a la solicitud

En esta sección se podrán gestionar los procedimientos asociados a la solicitud de protección.

Al acceder a la sección se ve la lista de procedimientos que ya haya registrados en el sistema, pudiendo ser ninguno si el sistema no tiene ningún registro.

Los procedimientos serán anotaciones que se quieren registrar a lo largo del tiempo relacionadas con la solicitud y de las que se quiere dejar constancia de documentación, acciones a tomar y los comentarios que se consideren oportunos.

Estarán disponibles para cualquier tipo de protección asociada a la invención y cualquier vía de protección asociada a la solicitud.

La información de la que se dispondrá en el SGI para los procedimientos se distribuirá en dos secciones:

  • Datos de procedimientos:
    • Fecha: fecha (sin hora) del procedimiento. Es obligatoria.
    • Tipo de procedimiento: tomará uno de los valores configurados en Tipos de Procedimiento. Es obligatorio.
    • Acciones a tomar: campo de texto libre para indicar las tareas a realizar relativas al procedimiento. Es opcional.
    • Fecha límite: fecha (sin hora) en la que termina el plazo para la realización de las acciones a tomar. Es opcional.
    • Generar aviso: indicador de si el procedimiento genera adicionalmente un aviso. Es opcional.
    • Comentarios: campo de texto con los comentarios adicionales al procedimiento que se quieran incluir. Es opcional.
  • Documentos asociados a procedimientos:
    • Fecha añadido: fecha (sin hora) en la que se ha añadido el documento al procedimiento. Es obligatorio.
    • Nombre: nombre del documento. Es obligatorio.
    • Fichero: fichero físico asociado al documento del procedimiento. Es obligatorio.

Ejecución económica

En esta sección se llevará a cabo la gestión económica de las invenciones en cuanto al cálculo del reparto de regalías, ya que la gestión de ingresos o cobros y gastos o pagos, si bien se puede consultar, no se puede ni registrar ni modificar desde el SGI, se realiza íntegramente en el Sistema de Gestión Económica (SGE) de la Universidad.

Gastos

En esta sección se pueden consultar los gastos asociados a la invención.

Al acceder a la sección se mostrará el listado de gastos asociados a la invención obtenidos del Sistema de Gestión Económica de la Universidad (SGE).

Estos gastos son referenciados en la invención para poder asociarlos a una solicitud de protección (no obligatorio) y para poder controlar la parte de los mismos que está pendiente de deducir, puesto que puede que no se deduzcan completamente en una operación de reparto. No se almacenará ninguna información relativa a los Gastos en el SGI de la existente en el SGE.

La información de la que se dispondrá en el SGI para los gastos de una invención es la siguiente:

  • Gasto: referencia al identificador del gasto en el SGE. Es obligatorio.
  • Deducido: estado del gasto en cuanto al reparto de beneficios por ingresos en el SGI, esto es, indica si el gasto se ha deducido gracias a los ingresos y en qué medida. Podrá tener uno de estos valores:
    • Sí: el gasto se ha deducido totalmente de los ingresos.
    • Parcialmente: el gasto se ha deducido parcialmente de los ingresos.
    • No: el gasto aún no se ha deducido de los ingresos.
  • Solicitud de protección: solicitud de protección concreta, dentro de las solicitudes de la invención, con la que se relaciona el gasto. Es opcional.

Desde esta sección se podrá además asociar o desasociar cada gasto con una solicitud de protección.

Contratos

En esta sección se pueden consultar los contratos de regalías asociados a la invención, así como la lista de sectores asociados a cada contrato.

La asociación entre un contrato y una invención se llevará a cabo en el apartado de Relaciones del contrato en el módulo de CSP.

Al entrar en la pantalla, se mostrarán dos listados separados, pero dependientes entre sí: el listado de contratos asociados a la invención y el listado de sectores asociados a cada contrato concreto, que serán aquellos en los que la invención se ha licenciado de manera independiente para cada país a través de dicho contrato y, por tanto, se denomina sectores licenciados.

En el listado de contratos se mostrarán una serie de datos relevantes sobre los mismos obtenidos consultando al módulo CSP del SGI.

Al seleccionar un contrato en este listado, se actualizará automáticamente el listado de sectores licenciados con los que estén asociados a ese contrato.

La información de sectores licenciados asociados a un contrato de la que se dispondrá en el SGI será la siguiente:

  • Sector: sector de aplicación para el que se licencia la invención. Tomará uno de los valores configurados en Sectores de Aplicación. Es obligatorio.
  • País: referencia al país, dentro del Sistema de Gestión de la Organización de la Universidad, para el que se licencia la invención a través del contrato. Es obligatorio.
  • Fecha de inicio de licencia: fecha (sin hora) de inicio de la licencia en el sector y país. Es opcional.
  • Fecha de fin de licencia: fecha (sin hora) de inicio de la licencia en el sector y país. Es opcional.
  • Exclusividad: indicador de si la licencia es en exclusiva o no. Tomará uno de los valores Sí o No. Es obligatorio.

Desde esta sección se podrá además, tanto añadir nuevos sectores licenciados asociados a un contrato, como borrar o modificar los existentes.

Ingresos

En esta sección se pueden consultar los ingresos asociados a la invención o, lo que es lo mismo, a los contratos de licencia o de regalías de la misma.

Al acceder a la sección se mostrará el listado de ingresos asociados a la invención obtenidos del Sistema de Gestión Económica de la Universidad (SGE).

Estos ingresos son referenciados en la invención para poder controlar la parte de los mismos que está pendiente de repartir, puesto que puede que no se repartan completamente en una operación de reparto. No se almacenará ninguna información relativa a los Ingresos en el SGI de la existente en el SGE.

La información de la que se dispondrá en el SGI para los ingresos de una invención es la siguiente:

  • Ingreso: referencia al identificador del ingreso en el SGE. Es obligatorio.
  • Repartido: estado del ingreso en cuanto al reparto de beneficios en el SGI, indica si se ha incluido en un reparto de beneficios entre el equipo inventor y la Universidad y en qué medida. Podrá tener uno de estos 3 valores:
    • Sí: el ingreso se ha repartido.
    • Parcialmente: el ingreso se ha repartido parcialmente.
    • No: el ingreso aún no se ha repartido.
Repartos

En esta sección se podrán tanto consultar como realizar nuevos repartos de los beneficios/resultados de la explotación de las licencias de una invención que se hayan contratado, como modificar los datos de los repartos existentes.

Al acceder a la sección se ve la lista de repartos que ya haya registrados en el sistema, pudiendo ser ninguno si el sistema no tiene ningún registro, y una serie de campos para poder realizar búsquedas.

La información de la que se dispondrá en el SGI para los repartos de una invención estará dividida en dos secciones:

  • Datos generales: esta sección contendrá dos listados, uno con el listado de gastos a deducir y otro con el listado de ingresos a repartir. Sobre cada gasto e ingreso el usuario habrá de realizar dos operaciones:
    • Seleccionar si  lo quiere incluir o no en el reparto.
    • En el caso de haber incluido el gasto o ingreso en el reparto, indicar qué importe concreto quiere deducir o repartir, respectivamente, en este proceso de reparto.
  • Reparto de resultados: esta sección solo estará visible si el resultado es positivo para poder llevar a cabo el reparto de las cantidades entre la Universidad y los miembros del equipo inventor de la misma. Este reparto, que será en porcentajes, se configura de antemano con un valor por defecto y se hace por tramos de resultado, si bien se podrá modificar por el usuario. El reparto del importe correspondiente a cada uno de los miembros del equipo inventor será calculado automáticamente en función de su porcentaje de autoría, basándose en el importe correspondiente al conjunto del equipo, si bien también se podrá modificar por parte del usuario. 

Los datos que contendrá cada una de estas secciones serán los siguientes:

  • Datos generales:
    • Listado de gastos a deducir. Se obtendrán del SGE todos los gastos "deducibles", esto es, los que pueden intervenir en un reparto y, a partir de ahí, se combinará la información obtenida del SGE con la información de gastos deducibles de la que disponga el SGI de repartos anteriores. La información de la que se dispondrá en el SGI para los gastos que intervienen en un reparto de una invención, además de la ya disponible para cualquier gasto, es la siguiente:
      • Importe pendiente de compensar: importe del gasto que está pendiente de ser compensado con ingresos.
      • Importe a compensar: importe del gasto que va a ser o se ha compensado con ingresos en el reparto.
    • Listado de ingresos a repartir. Se obtendrán del SGE todos los ingresos asociados a una invención y, a partir de ahí, se combinará la información obtenida con la información de ingresos a repartir de la que disponga el SGI de repartos anteriores. La información de la que se dispondrá en el SGI para los ingresos que intervienen en un reparto de una invención, además de la ya disponible para cualquier ingreso, es la siguiente:
      • Importe pendiente de reparto: importe del ingreso que está pendiente de ser repartido o de compensar con gastos.
      • Importe a repartir:importe del ingreso que va a ser o se ha repartido o que ha compensado gastos en el reparto.









  • Corregir AF IU-PII-0030-0040-001-001 - Crear reparto - Datos generales - Columnas ingresos
  •  
    • Además se mostrará en esta pestaña el cálculo del resultado en base a los desgloses indicados en gastos e ingresos como la diferencia entre ingresos y gastos.
  • Reparto de resultado:
    • Resultado a repartir. Decimal. Solo lectura. Calculado en base a sumatorio de ingresos a repartir - sumatorio de gastos a deducir.
    • Reparto de ingresos según tramo. Composición de 3 campos de texto informando del tramo que aplica en base al resultado y los porcentajes que corresponden para ese tramo a Universidad y equipo inventor.
    • Importe del reparto a la Universidad. Decimal. Calculado en base al % correspondiente a la Universidad.
    • Importe del reparto a equipo inventor. Decimal. Calculado en base al % correspondiente al equipo inventor.
    • Desglose de reparto a equipo inventor. Listado de miembros del equipo inventor a los que la Universidad tiene obligación adquirida de hacer repartos de regalías. Para cada elemento del listado aparecerá la siguiente información:
      • Datos personales del miembro del equipo inventor (nombre, apellidos, número de documento, entidad a la que está vinculado)
      • Porcentaje de autoría
      • Porcentaje que le aplica en el reparto (calculado en base a su porcentaje de autoría relativo al resto de miembros del equipo inventor a los que paga la Universidad)
      • Desglose del reparto:
        • Importe a recibir en nómina
        • Importe a dedicar a un proyecto
        • Importe a gestionarse por otra vía que no sea nómina ni proyecto
      • Importe total del reparto que corresponde al miembro del equipo inventor

Se deberá comprobar que la suma del importe a pagar Universidad y del importe a pagar a los inventores coincida con el Resultado a repartir.

Así mismo,  el importe total, una vez desglosado el reparto entre los miembros del equipo inventor, ha de coincidir con el importe del reparto que se ha indicado que corresponde al equipo inventor en su conjunto.

Buscador y listado de invenciones

Al acceder a la opción de menú "Invenciones", se seguirá el comportamiento general de la aplicación para los accesos de menú de gestión de entidades, con dos tipos de búsqueda, simple y ampliada, según se describe respectivamente en Buscadores y listados y Listado de entidad.

Las invenciones se podrán dar de alta o modificar, pero no se podrán dar de baja desde la aplicación.

En el caso de la "Búsqueda simple", los campos de búsqueda corresponderán a la entidad invención, y se completarán con más campos de la entidad invención y con campos de la entidad solicitud de protección, al activarse la "Búsqueda ampliada".

Para la búsqueda simple los campos por los que se podrá filtrar serán:

  • Número de invención
  • Tipo de protección:

  • Sector de aplicación:

  • Título

  • Miembro de equipo inventor

Para la búsqueda ampliada los campos por los que se podrá filtrar serán:

  • Palabras clave - PONER OPERATIVA EN COMÚN
  • Número de solicitud
  • Fecha de solicitud/prioridad (desde-hasta)
  • Título
  • Vía de protección
  • País
  • Fecha fin de prioridad o de presentación a fases nacionales/regionales (desde - hasta)

  • Estado

Las columnas que se mostrarán en el listado serán:

  • Nº de invención
  • Fecha comunicación
  • Título
  • Tipo de protección
  • Activo

Desde este listado el gestor/a puede realizar las siguientes acciones, disponibles en la columna "Acciones" para cada registro:

  • Editar un registro

Además, desde esta misma pantalla de listado de invenciones, se podrán también dar de alta nuevas invenciones o exportar a formato excel o csv información relativa a las invenciones y solicitudes listadas como resultado de la búsqueda.

Alta de invenciones

Al pulsar sobre el botón "Añadir invención" se navegará a una pantalla donde se podrán completar dos de las secciones de información de invenciones:

  • Datos generales: con las condiciones de obligatoriedad/opcionalidad descritas anteriormente en ENLACE.
  • Equipo inventor: será obligatorio definir el equipo inventor al completo para poder dar de alta la invención, con las condiciones descritas anteriormente en ENLACE.

El resto de secciones, se podrán completar durante el proceso de modificación de la invención.

Modificación de invenciones

Al pulsar sobre el botón "Modificar invención" se navegará a una pantalla donde se podrán completar o modificar todas las secciones de información de invenciones.