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  • Identificador. Será un identificador numérico único asignado de manera automática por el SGI. No podrá ser modificado. Será un código interno que no estará visible en las pantallas.
  • Código de referencia. Código alfanumérico para referenciar a la convocatoria. Será un campo obligatorio y debe de ser introducido por la persona que registra la convocatoria. El SGI comprobará que se trate de un código único. No podrán existir dos convocatorias con el mismo código de referencia. El objeto es que cada convocatoria disponga de una código conocido e interpretable por los gestores.
  • Año de la convocatoria. Por defecto, tomará el valor del año actual pudiendo ser modificado, para cubrir aquellos casos en los que la convocatoria se registre en el sistema de forma tardía o con adelanto.
  • Unidad de gestión. Será la unidad u oficina (OTRI, OPE, UGI, etc.) que realizará la gestión de la convocatoria. Estas oficinas deberán haber sido registradas en el SGI (CU-CSP-0010 - Gestión de "unidad de gestión"). Como el usuario que esté creando la convocatoria podrá estar asociado a varias unidades de gestión (CU-USR-0010-010 - Asignar usuario a unidad de gestión), con diferente perfil en cada  uno de ellas, solo podrá registrar una convocatoria sobre la/s unidad/es de gestión sobre las que tenga perfil  ACT-CSP-003-Gestor o ACT-CSP-004-Administrador. Es dcir, las unidades de gestión disponibles en el desplegables serán solamente aquellas sobre las que el usuario disponga de un rol ACT-CSP-003-Gestor o ACT-CSP-004-Administrador.
  • Título de la convocatoria. Campo alfanumérico que permitirá darle un título a la convocatoria.
  • Modelo de ejecución: Será un listado configurable que determinará los tipos disponibles en la pestaña de fases, enlaces, documentos  y en el listado de "finalidad". La explicación ampliada de los modelos de ejecución se encuentra disponible en (CSP - Modelo de ejecución). Los modelos de ejecución disponibles en el momento de crear o modificar la convocatoria serán los que tenga asociados la unidad de gestión a la que se ha asociado la convocatoria a través del campo "Unidad de gestión".
  • Finalidad: Será un listado configurable, cuyos valores estarán limitados por el Modelo de ejecución. Ejemplos de valores: proyectos i+d, contratación rrhh, servicios técnicos, asesorías, movilidades, constitución grupos, infraestructuras, royalties, etc. Puede consultarse CSP - Modelo de ejecución e IU-CSP-0020 - Gestión de tipos de finalidad)
  • Régimen de concurrencia. Será un listado con los valores: concurrencia competitiva, concesión directa. Tomará los datos de una tabla interna del sistema que solo será configurable por ACT-008-Sysadm (equipo técnico).
  • Proyectos colaborativos: Permitirá indicar si la convocatoria requiere el planteamiento de proyectos colaborativos (proyectos que deben de ser desarrollados en colaboración con otras entidades externas: empresas, centros tenológicos, etc.).  
  • Destinatarios. Será un listado predefinido, con las opciones: individual, equipo de proyecto, grupo de investigación, que permitirá activar uno o los dos apartados en los que se definirán los requisitos a cumplir:
    • Si se indica "individual", solamente se activará el apartado "requisitos a cumplir por el IP" .
    • Se se indica "equipo de proyecto", se activarán los apartados "requisitos a cumplir por el IP"  y "requisitos  a cumplir por el equipo de investigación".
    • Se se indica "grupo de investigación", se activarán los apartados "requisitos a cumplir por el IP"  y "requisitos  a cumplir por el equipo de investigación".
  • Entidad gestora. Será la entidad u organismo que actuará como gestor de la convocatoria. Solo se permitirá indicar una única entidad gestora para la convocatoria. El listado de entidades disponible procederá del módulo Empresas, común a todo el SGI. Este módulo, a su vez, tendrá establecidos los mecanismos de integración correspondientes con el/los sistemas corporativos universitarios, donde se centralice la información de empresas/organismos. No se realizará ninguna comprobación para validar que la entidad gestora se encuentre entre el listado de las entidades convocantes y/o financiadoras incluidas.  Si en el momento de creación de la convocatoria la entidad gestora no estuviese registrada, el usuario deberá dirigirse al módulo de Empresas, común al SGI, desde el que  se registrarán los datos necesarios para la creación de la nueva entidad. Será la integración de este módulo de Empresas con los sistemas corporativos de la Universidad, la que determine cuándo estará disponible la nueva entidad para poder vincularla a la convocatoria, así como quien determine los campos obligatorios a cumplimentar para poder registrar la Empresa.
  • Objeto o descripción de la convocatoria. Campo alfanumérico de mayor extensión que el título, que permitirá describir cuales son los objetivos de la convocatoria.
  • Observaciones internas. Campo alfanumérico para recoger observaciones de carácter interno.
  • Áreas temáticas. Se permitirá asociar Las áreas temáticas se organizarán por listados independientes entre sí e independientes al plan/programa y a las entidades convocantes.  Una convocatoria podrá estar asociada a una o variar áreas temáticas a una convocatoria. La de un mismo listado de áreas, sin que sea obligatorio especificar ninguna. La estructura de áreas temáticas permitirá definir una estructura en forma de árbol (área, subáreas), dando así cabida a la clasificación estándar del Minisiterio. Una convocatoria podrá tener una o varias áreas temáticas, sin que se sea obligatorio indicar ningunaMinisterio (por ejemplo). Una vez añadidas áreas temáticas a una convocatoria, éstas podrán eliminarse. Ver Gestión de Áreas temáticas.  
  • Palabras clave. Se podrán añadir palabras clave a convocatoria. Las palabras clave formará parte del tesauro, al que también irá ligado CVN.
  • Estado: Contará con dos posibles valores representativos del estado del registro de la convocatoria
    • Borrador
    • Registrada

Una convocatoria se podrá guardar en estado "Borrador" sin completar todos sus campos obligatorios, aunque sí respetando sus restricciones de tipo y longitud (cuando apliquen). Cambiar el estado de una convocatoria a "Registrada" implicará la validación de la existencia de todos los campos obligatorios.

Para crear una convocatoria será obligatorio cumplimentar los siguientes campos:

  • También se contemplará la construcción/ampliación de los listados de áreas temáticas de manera dinámica a medida que se registran las convocatorias. El listado que se cree a través de este mecanismo llevará el mismo nombre que el título de la convocatoria, y todas las áreas que se inserten directamente serán de nivel superior, es decir, no se podrá construir de manera dinámica una estructura de árbol sino simplemente un listado. La creación dinámica de los listados de áreas temáticas supondrá un riesgo para la consistencia de los datos, pues podrán crearse áreas repetidas con distinta combinación de palabras, abreviaturas, etc. 
  • Palabras clave. Se podrán añadir palabras clave a convocatoria. Las palabras clave formará parte del tesauro, al que también irá ligado CVN.
  • Estado: Contará con dos posibles valores representativos del estado del registro de la convocatoria
    • Borrador
    • Registrada

Una convocatoria se podrá guardar en estado "Borrador" sin completar todos sus campos obligatorios, aunque sí respetando sus restricciones de tipo y longitud (cuando apliquen). Cambiar el estado de una convocatoria a "Registrada" implicará la validación de la existencia de todos los campos obligatorios.

Para crear una convocatoria será obligatorio cumplimentar los siguientes campos:

  • Código de referencia
  • Año 
  • Código de referencia
  • Año
  • Unidad de gestión
  • Título
  • Modelo de ejecución
  • Finalidad
  • Destinatarios
  • Entidad gestora
  • Una entidad financiadora
  • Estado

No será obligatorio vincular la convocatoria a ninguna entidad (gestora, convocante o financiadora) pero se notificará con un aviso esta situación. 

Cuando la convocatoria figura en estado "registradaCuando la convocatoria figura en estado "registrada" aplicará la visibilidad de las misma por parte de los ACT- CSP-001-Investigador de acuerdo a lo indicado en el apartado "Configuración Solicitudes".

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Ver prototipo de pantalla IU-CSP-0201-008 - Crear convocatoria - Hitos

Documentos

En este apartado se detallarán todos los documentos que sea de interés registrar en la convocatoria. No existirá limitación en el número de documentos. Los documentos quedarán registrados en el repositorio de documentos global del SGI. La información asociado a los documentos de una convocatoria será:

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Los planes y sus programas (subprogramas, modalidades, submodalidades, topics etc) podrán marcarse como no activos (lo que equivaldría a eliminarlos). Los planes y/o cualquiera de sus ítems que no esté marcados como "activos" no estarán disponibles en las pantallas de selección en el momento de asociar una entidad convocante a una convocatoria. Los ACT-CSP-004-Administrador y  ACT-CSP-003-Gestor podrán volver a activar un plan/programa. Marcar un plan o cualquiera de los ítems como no activo implicará que también queden marcados como no activos todos los ítems hijos, es decir, se producirá una desactivación en cascada. Al nivel de mayor escala si el Plan se marca como no activo, todos su árbol de  programas quedará también marcado como no activo. La activación de los mismos requerirá, en cambio, una activación individual de cada uno de los ítems.

Ver definición de pantallas en IU-CSP-0060 - Gestión de plan de investigación

Cada Universidad decidirá si crea el árbol de programas completo o solo se incluyen en el árbol el programa/subprograma con el que se corresponde la convoctatoria. Un plan/programa puede ser asociado a varias convocatorias, siempre vinculado a una entidad convocante. Los ACT-CSP-004-Administrador y  ACT-CSP-003-Gestor decidirán con qué nivel del árbol de programas vinculan la convocatoria, teniendo en cuenta que si se vincula por ejemplo con un programa y éste tiene definidos en el árbol una serie de subprogramas y modalidades, se sobreentenderá que quedarán incluidos en la convocatoria.

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. Al nivel de mayor escala si el Plan se marca como no activo, todos su árbol de  programas quedará también marcado como no activo. La activación de los mismos requerirá, en cambio, una activación individual de cada uno de los ítems.

Ver definición de pantallas en IU-CSP-0060 - Gestión de plan de investigación

Cada Universidad decidirá si crea el árbol de programas completo o solo se incluyen en el árbol el programa/subprograma con el que se corresponde la convoctatoria. Un plan/programa puede ser asociado a varias convocatorias, siempre vinculado a una entidad convocante. Los ACT-CSP-004-Administrador y  ACT-CSP-003-Gestor decidirán con qué nivel del árbol de programas vinculan la convocatoria, teniendo en cuenta que si se vincula por ejemplo con un programa y éste tiene definidos en el árbol una serie de subprogramas y modalidades, se sobreentenderá que quedarán incluidos en la convocatoria.


Ancla
areas_tematicas
areas_tematicas
Gestión de áreas temáticas de convocatorias

Las áreas temáticas podrán ser creadas por ACT-CSP-004-Administrador desde el menú de Configuración del módulo de Convocatorias, solicitudes y proyectos. El tratamiento que se dará a las áreas temáticas será exclusivo para las convocatorias, no será utilizado para clasificación de investigadores ni producción científica. El SGI permitirá la creación de listados de áreas temáticas para incluirlos en la definición de las convocatorias. Estos listados de áreas temáticas podrán crearse de manera independiente a las convocatorias para poder ser reutilizados en diferentes convocatorias. 

Un listado de áreas temáticas quedará definido por:

  • Nombre del listado
  • Descripción
  • Indicador de activo


Como en el caso de los programas de investigación, los listados de áreas temáticas tendrán una estructura jerárquica de árbol. De esta forma se podrán crear áreas y subáreas, sin ninguna limitación del número de niveles. No se definirán categorías a cada uno de los niveles del árbol. La información se presentará en formato de árbol, lo que ya permitirá conocer del nivel de la jerarquía. Esto dotará al SGI de mayor adaptabilidad a las diferentes casuísticas de las convocatorias. 

Cada elemento área/subárea del árbol quedará definido por los siguientes campos:

  • Abreviatura
  • Nombre
  • Ítem padre
  • Indicador de activo


Cada uno de los ítems del árbol de áreas temáticas (área, subárea, etc) podrá marcarse como no activos (lo que equivaldría a eliminarlos). Las áreas y/o cualquiera de sus ítems que no esté marcados como "activos" no estarán disponibles en las pantallas de selección en el momento de crear o modificar una convocatoria, solicitud o proyecto. Los ACT-CSP-004-Administrador podrán volver a activar un área/subárea. Marcar un área o cualquiera de los ítems como no activo implicará que también queden marcados como no activos todos los ítems hijos, es decir, se producirá una desactivación en cascada. La activación de los mismos requerirá, en cambio, una activación individual de cada uno de los ítems.

Ver definición de pantallas en IU-CSP-0095 - Gestión de áreas temáticas

Para evitar dependencias y conseguir que el SGI sea lo menos restrictivo posible en el registro de convocatorias, se desvincula la asignación de áreas temáticas al plan/programa, así como de la entidad convocante. Los listados de áreas temáticas que se definan serán las que cada Universidad considere.


Una convocatoria podrá quedar asociada a una o varias áreas temáticas (siempre que estas hayan sido introducidas previamente), si bien no será obligatorio indicar un área para registrar una convocatoria en el SGI. Una solicitud o proyecto solo podrá vincularse a un área/subárea. No se aplicarán restricciones en la participación de ACT- CSP-001-Investigador en función de las áreas temáticas a las que se haya asociado la convocatoria.


El SGI también contemplará la construcción/ampliación de los listados de áreas temáticas de manera dinámica a medida que se registran las convocatorias, solicitudes y proyectos. El listado que se cree a través de este mecanismo llevará el mismo nombre que el título de la convocatoria, y todas las áreas que se inserten directamente serán de nivel superior, es decir, no se podrá construir de manera dinámica una estructura de árbol sino simplemente un listado. La creación dinámica de los listados de áreas temáticas supondrá un riesgo para la unicidad y consistencia de los datos, pues podrán crearse áreas repetidas con distinta combinación de palabras, abreviaturas, etc. en función de su autor

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Las áreas temáticas podrán ser creadas por ACT-CSP-004-Administrador desde el menú de Configuración del módulo de Convocatorias, solicitudes y proyectos. Un área temática quedará definido por:

  • Abreviatura
  • Nombre
  • Ítem padre
  • Indicador de activo

Como en el caso de los programas de investigación, las áreas temáticas tendrán una estructura jerárquica de árbol. De esta forma se podrán crear áreas y subareas, sin ninguna limitación del número de niveles. No se definirán categorías a cada uno de los níveles del árbol. La información se presentará en formato de árbol, lo que ya permitirá conocer del nivel de la jerarquía. Esto dotará al SGI de mayor adaptabilidad a las diferentes casuísticas de las convocatorias. 

Cada uno de los ítems del árbol de áreas temáticas (áreas, subareas, etc) podrán marcarse como no activos (lo que equivaldría a eliminarlos). Las áreas y/o cualquiera de sus ítems que no esté marcados como "activos" no estarán disponibles en las pantallas de selección en el momento de crear o modificar una convocatoria. Los ACT-CSP-004-Administrador podrán volver a activar un área/subárea. Marcar un área o cualquiera de los ítems como no activo implicará que también queden marcados como no activos todos los ítems hijos, es decir, se producirá una desactivación en cascada. La activación de los mismos requerirá, en cambio, una activación individual de cada uno de los ítems.

Ver definición de pantallas en IU-CSP-0095 - Gestión de áreas temáticas

Para evitar dependencias y conseguir que el SGI sea lo menos restrictivo posible en el registro de convocatorias, se desvincula la asignación de áreas temáticas al plan/programa. Las áreas temáticas que se definan serán las que cada Universidad considere.

Una convocatoria podrá quedar asociada a una o varias áreas temáticas (siempre que estas hayan sido introducidas previamente), si bien no será obligatorio indicar un área para registar una convocatoria en el SGI. No se aplicarán restricciones en la participación de ACT- CSP-001-Investigador en función de las áreas temáticas a las que se haya asociado la convocatoria.


Ancla
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Gestión de fuentes de financiación

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