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Se permitirá la inclusión de una o varias Entidades convocantes. No se realizará ninguna comprobación para asegurar que la Entidad gestora figure entre las entidades convocantes, ni tampoco que las Entidades convocantes figuren entre las Entidades financiadoras.  Tampoco será obligatorio vincular la convocatoria a ninguna entidad (gestora, convocante o financiadora) pero el SGI notificará con un aviso esta situación. 

Las Entidades convocantes se deberán seleccionar del listado de Entidades disponible en el módulo Empresas, común a todo el SGI. Este módulo, a su vez, tendrá establecidos los mecanismos de integración correspondientes con el/los sistemas corporativos universitarios, donde se centralice la información de empresas/organismos. Es común que las entidades, sobre todo las que representan a organismos públicos dispongan de una agrupación de subentidades. Las convocatorias/proyectos deben quedar referenciados a la subentidad (Ejemplo: Entidad: Ministerio de Ciencia e Innovación, Subentidad: Agencia estatal de investigación). El SGI tendrá la capacidad de recoger la información a nivel de subentidad, pero el sistema origen que marcará la disponibilidad de esta información será el/los sistemas corporativos universitarios que centralicen la información de las Empresas. Ver REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0060 - Empresa

Si en el momento de creación de la convocatoria la entidad convocante no estuviese registrada, el usuario deberá dirigirse al módulo de Empresas, común al SGI, desde Si en el momento de creación de la convocatoria la entidad convocante no estuviese registrada, el usuario deberá dirigirse al módulo de Empresas, común al SGI, desde el que  se registrarán los datos necesarios para la creación de la nueva entidad. Será la integración de este módulo de Empresas con los sistemas corporativos de la Universidad, la que determine cuándo estará disponible la nueva entidad para poder vincularla a la convocatoria, así como quien determine los campos obligatorios a cumplimentar para poder registrar la Empresa. Ver REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0060 - Empresa

De todos los campos que pudieran tener las Empresas, en el listado de las entidades convocantes se mostrará:

  • Nombre de la entidad
  • CIF de la entidad
  • Nombre de la subentidad
  • Código de la subentidad

Toda entidad convocante que se vincule a la convocatoria debe asociarse a un programa de investigación. Los planes y programas  deberán haber sido registrados en el sistema  por los ACT-CSP-004-Administrador con caracter previo. Ver Gestión de Planes y programas de investigación. No existirá ningún tipo de restricción para vincular cualquier entidad convocante a cualquier plan.

Para crear una convocatoria no será obligatorio que se indique ninguna entidad convocante. Si bien esto implicará que no se pueda clasificar la convocatoria bajo ningún plan/programa, con la siguiente pérdida de capacidad de explotación y agrupación de la información. En líneas generales, no será obligatorio vincular la convocatoria a ninguna entidad (gestora, convocante o financiadora) pero el SGI notificará con un aviso esta situación. 

Una vez añadida una o varias entidades convocantes a la convocatorias, éstas se podrán eliminar (se eliminará la vinculación de la convocatoria a la Entidad convocante, pero la Entidad seguirá existiendo en el módulo común de Empresas.

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Se permitirá la inclusión de una o varias Entidades financiadoras. No se realizará ninguna comprobación para asegurar que la Entidad gestora figure entre las Entidades financiadoras, al igual que tampoco se realizará ninguna comprobación para validar que las entidades financiadoras se correspondan con las Entidades convocantes. Tampoco será obligatorio vincular la convocatoria a ninguna entidad (gestora, convocante o financiadora) pero el SGI notificará con un aviso esta situación. 

Las Entidades financiadoras se deberán seleccionar del listado de Entidades disponible en el módulo Empresas, común a todo el SGI. Este módulo, a su vez, tendrá establecidos los mecanismos de integración correspondientes con de Entidades disponible en el módulo Empresas, común a todo el SGI. Este módulo, a su vez, tendrá establecidos los mecanismos de integración correspondientes con el/los sistemas corporativos universitarios, donde se centralice la información de empresas/organismos.  Es común que las entidades, sobre todo las que representan a organismos públicos dispongan de una agrupación de subentidades. Las convocatorias/proyectos deben quedar referenciados a la subentidad (Ejemplo: Entidad: Ministerio de Ciencia e Innovación, Subentidad: Agencia estatal de investigación). El SGI tendrá la capacidad de recoger la información a nivel de subentidad, pero el sistema origen que marcará la disponibilidad de esta información será el/los sistemas corporativos universitarios , donde se centralice que centralicen la información de empresas/organismos.las Empresas. Ver REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0060 - Empresa

Si en el momento de creación de la convocatoria la entidad financiadora no estuviese registrada, el usuario deberá dirigirse al módulo de Empresas, común al SGI, desde el que  se registrarán los datos necesarios para la creación de la nueva entidad. Será la integración de este módulo de Empresas con los sistemas corporativos de la Universidad, la que determine cuándo estará disponible la nueva entidad para poder vincularla a la convocatoria, así como quien determine los campos obligatorios a cumplimentar para poder registrar la Empresa. Ver REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0060 - Empresa

De todos los campos que pudiera tener regsitrados la Entidad en el módulo de Empresas, en el listado de las entidades financiadoras se mostrará:

  • Nombre de la entidad
  • CIF de la entidad
  • Nombre de la entidadsubentidadCIF
  • Código de la entidadsubentidad


Asociado a cada una de  las entidades financiadoras de la convocatoria, se deberá vincular:

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Deberá tenerse en cuenta que el no introducir cualquiera de los datos anteriores restará capacidad de clasificación y consulta posterior de la información de las convocatorias.

Será obligatorio que una convocatoria tenga al menos una entidad finaciadora.Para crear una convocatoria no será obligatorio que se indique ninguna entidad convocante. Si bien debe tenerse en cuenta que el hecho de no indicar ninguna entidad financiadora supondrá que no pueda introducirse el detalle de financiación de la convocatoria, y que determinada información económica derivada del proyecto resultante procedente del SGE quede inconexa a efectos de su posterior agrupación para posibles informes. En líneas generales, no será obligatorio vincular la convocatoria a ninguna entidad (gestora, convocante o financiadora) pero el SGI notificará con un aviso esta situación. 

Una vez añadida una o varias entidades financiadoras a la convocatoria, éstas se podrán eliminar (se eliminará la vinculación de la convocatoria a la Entidad, pero la Entidad seguirá existiendo en el módulo común de Empresas. Del mismo modo se podrán modificar los datos asociados (fuente de financiación, tipo de financiación y/o porcentaje de financiación).

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