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Para aquellas actividades que ya hayan guardado datos en el registro definitivo, su icono será azul oscuro y cuando se haga clic irán directamente al registro definitivo (sin mostrar el modal), es decir, aquellas actividades que ya hayan guardado datos en el registro definitivo, no podrán cargar datos de otras actividades ya.



Anexo I. Controles por sección en registro definitivo (Normativa 2023_07).

En este anexo, se indicarán todos los controles que se hacen para cada una de las secciones.

  • Datos identificativos:
    • Se debe indicar título de la actividad
    • Si se sube una imagen particular, se debe indicar el check de cumplimiento.
    • Se debe indicar el área de conocimiento a la que pertenece la actividad.
    • La edición, si se define, debe ser en números romanos.
    • Si la actividad es modular, se debe definir al menos un módulo.
  • Promotores:
    • Se debe indicar al menos un promotor UM.
    • Se debe adjuntar el documento de aprobación para todos los promotores UM.
    • Si se ha puesto promotores no UM, se debe indicar el convenio firmado.
  • Datos básicos:
    • Se deben indicar los ECTS de la actividad.
    • Los ECTS debe ser un número entero positivo.
    • Los ECTS deben estar en el rango establecido para su tipo de actividad.
  • Competencias:
    • Debe existir al menos una competencia.
  • Resultados de aprendizaje:
    • Debe existir al menos un resultado de aprendizaje.
    • No puede haber competencias que no hayan sido asignadas a algún resultado de aprendizaje.
    • Si el tipo de actividad indica que se determine, se debe indicar el nivel de experiencia de aprendizaje (EQF).
  • Asignaturas:
    • Se debe indicar al menos una asignatura.
    • El trabajo fin no puede superar el 25% del total de ECTS
    • No puede haber resultados de aprendizaje que no hayan sido asignados a alguna asignatura.
    • En el caso de actividades virtuales, se deben contabilizar las horas de tutorías.
    • Los datos obligatorios de las asignaturas deben estar cumplimentados.
  • Estructura:
    • Deben existir asignaturas.
    • Se debe indicar el carácter (obligatorio, optativo) de todas las asignaturas.
    • Las asignaturas que sean optativas deben tener asociado un itinerario.
    • En caso de tener optativas, se definirán al menos dos itinerarios.
    • El número de ECTS de la suma de las asignaturas debe coincidir con el definido en la actividad en datos básicos. 
    • La presencialidad no puede estar entre el 20% y el 40% (variable según parametrización anual) ya que por definición en la normativa, así se indica. Se considera virtual si está por debajo del 20% de presencialidad (o inclusive), híbrido cuando está entre el 40% y el 60% de presencialidad (inclusive) y presencial cuando está por encima del 60% de presencialidad. Estos valores son parametrizables a través de casiopeaadmin por curso académico.
  • Calendarios y horarios:
    • El tiempo de dedicación máximo por día no podrá superar las 8h.
    • En el caso de tener días festivos, se debe registrar la justificación.
    • Se debe indicar el periodo de realización de todas las asignaturas.
    • Se hace el cálculo de días según las fechas puestas y/o festivos, y se compara con las fechas puestas, se debe cubrir por completo el desarrollo de la materia según el cálculo realizado de días.
    • Si se detecta que las fechas coinciden con las de una edición anterior, se indica que se actualicen dichas fechas.
  • Exámenes y actas;
    • Si se detecta que las fechas coinciden con las de una edición anterior, se indica que se actualicen dichas fechas.
    • Si debe generar acta (+12ECTS o posgrado), se debe indicar la misma.
    • Si tiene actas,  se deberá o bien marcar que la actividad se puede superar durante los periodos comprendidos en el calendario de las materias e introducir al menos un periodo de exámenes, o bien introducir al menos dos periodos de exámenes
    • Si no tiene actas, se deberá o bien marcar que la actividad se puede superar durante los periodos comprendidos en el calendario de las materias o bien introducir un periodo de examen o bien las dos cosas.
  • Diplomas y certificados:
    • Si el indicativo marcado es interuniversitario, se debe de indicar al menos una universidad colaboradora.
  • Justificación y procedimiento:
    • Se debe indicar la justificación.
    • Se debe indicar que la actividad no se confunde con ningún estudio oficial.
  • Acceso y admisión de estudiantes:
    • Se debe indicar el número mínimo previsto de estudiantes.
    • Se debe indicar el número máximo previsto de estudiantes.
    • El número mínimo de estudiantes debe ser inferior al número máximo de estudiantes.
    • Si tiene pruebas de acceso previstas, se deben indicar los sistemas de apoyo y orientación.
    • Si tiene pruebas de acceso previstas, se debe indicar el detalle de las mismas.
    • Se deben indicar los destinatarios.
    • Se deben indicar los requisitos de acceso.
  • Recursos materiales y servicios:
    • Si la actividad usa plataforma de aprendizaje, se debe indicar la URL de la plataforma.
    • Si la actividad usa plataforma de aprendizaje, se debe indicar en qué términos se usará la misma.
    • Si la actividad es de gestión externa, se debe indicar la URL que se usará para recoger las inscripciones de estudiantes
  • Fechas destacadas:
    • Se debe indicar la fecha de finalización del periodo académico.
    • Se debe indicar el periodo de matrícula previsto.
    • Se debe indicar el lugar de presentación de solicitudes de admisión y matrícula.
    • El fin lectivo debe ser menor que el fin académico.
  • Personal:
    • Se debe indicar al menos un director UM
    • En caso de ser un gestor externo, si no se cumple el punto anterior solo será un aviso, ya que un gestor validará después esta información.
    • Se debe indicar un responsable económico, 
    • En caso de ser un gestor externo, si no se cumple el punto anterior solo será un aviso, ya que un gestor validará después esta información.
    • Se debe indicar al menos una persona que haga de apoyo a las comunicaciones.
    • En caso de ser un gestor externo, si no se cumple el punto anterior solo será un aviso, ya que un gestor validará después esta información.
    • El personal de apoyo no puede ser personal asociado.
    • Se establece un máximo de directores UM y directores no UM que se pueden definir, esto viene dado por los parámetros configurados en casiopeaadmmin. Para la nueva normativa, solo podrá haber un director y un codirector.
    • Se comprueba que todos los directores tengan el documento del compromiso.
    • Si la actividad tiene mas de 30 ECTS y hay coordinador, todos los coordinadores deben estar asignados a alguna asignatura.
    • Se debe indicar el CV breve para todos los docentes.
    • El director de la actividad debe tener el grado de Doctor.
    • El codirector de un centro adscrito, debe tener el grado de Doctor.
    • Cumplimiento Artículo 41:
      • Articulo 41. Capacidad de gestión

 1. El personal docente e investigador de la Universidad de Murcia con el grado de doctor, vinculación permanente y dedicación a tiempo completo puede dirigir, como máximo, 120 créditos ECTS de formación permanente anuales.

2. El personal ayudante doctor y el personal investigador doctor con venia docendi de la Universidad de Murcia puede codirigir, como máximo, 60 créditos ECTS de formación permanente anuales.

3. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Murcia puede codirigir, como máximo, 60 créditos ECTS de formación permanente anuales. Esta actividad no interferirá en las propias del puesto de trabajo y deberá estar autorizada por la Gerencia

El artículo se aplica tanto al director como al codirector, en el caso del director, le aplica el punto 1, en el caso del codirector, se le aplican los puntos 1, 2 y 3.

    • Solo puede haber un director y un codirector (este es opcional).
  • Transparencia y reconocimiento de créditos:

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