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Clave

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  • Número del periodo. Secuencial calculado por el sistema de acuerdo a la ordenación del mes inicial del periodo a justificar.
  • Periodo a justificar. Expresado como mes inicial y final, relativos a la duración del proyectofecha de inicio y fin.
  • Periodo de solicitud de la justificación. Expresado como fecha inicial y final. Con este periodo se recogerán las fechas en las que estará previsto que se solicite al socio colaborador toda la información necesaria para la justificación a la entidad correspondiente.
  • Observaciones. Campo para recoger cualquier observación necesaria sobre el periodo de justificación relativo a la relación con el socio colaborador.
  • Documentación recibida. Permitirá indicar si ha sido recibida la documentación de justificación. Si en este campo se indica que ha sido recibida la documentación, se permitirá la introducción del campo "fecha de recepción" así como del detalle de "documentación" recibida.
  • Fecha de recepción. Permitirá recogerá la fecha en la que ha sido recepcionada la documentación de justificación. Este campo estará disponible para su cumplimentación solo si se ha marcado el check "Documentación recibida".

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  • Número del periodo. Secuencial calculado por el sistema de acuerdo a la ordenación del mes inicial del periodo de seguimiento. 
  • Periodo de seguimiento.  El mes inicial y el mes final delimitarán el número de meses que comprende Fecha de inicio y fin define el  periodo de seguimiento científico, definiendo así el rango del mismo.
  • Plazo de presentación. Expresado como fecha de inicio y fecha de fin. Con este periodo se recogerán las fechas en las que se debe entregar la documentación de seguimiento científico a la entidad convocante (o de manera interna, de acuerdo a los procedimientos que apliquen para el proyecto/contrato).
  • Observaciones. Campo para recoger cualquier observación necesaria sobre el periodo de seguimiento.

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A un proyecto se le podrán asociar tantos conceptos de gasto como sea necesario. Quedarán definidos a través de los siguientes campos:

  • Elegibilidad
    • Concepto de gasto
    • Importe máximo
    • Fecha inicio
    • Fecha fin
    • Observaciones
  • Códigos económicos del SGE

Los conceptos de gasto introducidos en este apartado servirán de referencia para la introducción posterior del presupuesto del proyecto, pero por sí solos no podrán hacer referencia a ningún dato económico de manera directa. Para ello es necesario que cada uno de estos conceptos tenga su correspondencia con los códigos económicos correspondientes del SGE, para, junto con otros datos del proyecto, poder conformar el código de las partidas presupuestarias a partir de las que se establecerá la integración con el SGE, recopilando de este sistema todo el detalle económico de cada proyecto asociado a la convocatoria. 

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El importe máximo será un dato opcional y permitirá recoger si el proyecto marca un tope sobre el mismo (ya sea porque así lo marque la convocatoria de procedencia o porque sea impuesto por motivos propios del proyecto/contrato cuando éste no proceda de ninguna convocatoria).

El campo "permitido hasta mes" recogerá el mes, relativo a la duración del proyecto, hasta el que el gasto estará permitido. Este campo será el único que permita modificar la elegibilidad de un gasto durante el transcurso de la duración del proyecto. No se contempla la existencia de fechas de vigencia o un indicador de activo que permitan configurar que durante el transcurso del proyecto un concepto de gasto pase de ser permitido a no permitido (a excepción del número de mes). Esto quiere decir, que cuando un concepto de gasto se elimine del listado de gastos permitidos no se recuperarán del SGE ninguno de La fecha de inicio y fin  define el rango de fechas en las que elgasto estará permitido. Cuando un concepto de gasto se elimine del listado de gastos permitidos no se recuperarán del SGE ninguno de los gastos asociados a ese concepto (a través del código económico configurado en el siguiente apartado), ni siquiera los que hayan sido registrados con carácter previo a la eliminación del concepto de gasto. Debe tenerse en cuenta que todas las operaciones contables y documentos de gastos y facturas serán recuperados del SGE sin que exista ningún almacenamiento de los mismos interno al SGI.

Con el campo observaciones se podrá recoger cualquier comentario que aplique de forma concreta al gasto dentro del proyecto.

Costes indirectos

En este apartado Elegibilidad también se realizará la configuración de los costes indirectos. Para permitir que los costes indirectos queden vinculados al concepto de gasto correspondiente se indicará:

  • Concepto de gasto de los asociados a la convocatoria como elegibles que representa a los costes indirectos.
  • Porcentaje de costes indirectos. Será un valor informativo ya que el importe asociado a los costes indirectos deberá ser introducido en el presupuesto del proyecto.

A través de  la vinculación con los  Códigos económicos, los costes indirectos tendrán también su correspondencia con el SGE.

Conceptos de gasto no permitidos

Por último, los conceptos de gasto no permitidos quedarán definidos de forma similar a los permitidos, a través de los campos:

  • Concepto de gasto
  • Observaciones

Con el campo observaciones se podrá recoger cualquier comentario que aplique de forma concreta al gasto dentro del proyecto.

Un mismo concepto de gasto podrá estar incluido en el listado de gastos permitidos y en el de no permitidos. En el campo observaciones se indicarán las especificaciones marcadas por la convocatoria/proyecto dentro del concepto de gasto que delimitan la elegibilidad para el tipo concreto. Será la vinculación de los conceptos de gastos a los códigos económicos lo que ya determina qué subconceptos están o no permitidos, de acuerdo al desglose que cada SGE realice de los conceptos de gasto.

El listado de conceptos de gasto es configurable por los ACT-CSP-004-Administrador, a través de Gestión de conceptos de gasto de investigación, por lo que si en algún caso interesase que los conceptos de gasto fuesen de mayor granularidad, de forma que el mismo concepto ya discrimine la elegibilidad para evitar repetir el mismo concepto en los dos apartados (permitidos y no permitidos), también sería posible. No obstante debe tenerse en cuenta que el listado de conceptos de gasto de investigación es común a todo el SGI (y por tanto a todas las convocatorias y proyectos).

Códigos económicos

En el apartado de códigos económicos se establecerá la relación entre los conceptos de gasto de la convocatoria, tanto los permitidos como los no permitidos,  con los códigos económicos del SGE. Los códigos económicos del SGE deben de ser recuperados a través del requisitos de integración REQ-INT-0010-SGE-0070 - Listar códigos económicos

La vinculación de los códigos económicos a los conceptos de gasto, junto con el identificador del proyecto en el SGE  es lo que permitirá componer el código completo de las aplicaciones presupuestarias que serán necesarias para la integración entre SGI y SGE.

La relación entre conceptos de gasto de investigación y códigos económicos se establecerá a nivel de convocatoria y/o proyecto, lo que posibilitará la adaptación en cada una de ellas. Podría haberse optado por hacer esta vinculación con carácter general en todo el SGI, pero esto implicaría que todos los proyectos/convocatorias tuvieran la misma relación concepto de gasto de investigación - código económico del SGI. 

La relación entre conceptos de gasto de investigación y códigos económicos quedará establecida por los siguientes campos:

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En el listado de códigos económicos se establecerá la relación entre los conceptos de gasto del proyecto, tanto los permitidos como los no permitidos,  con los códigos económicos del SGE. Los códigos económicos del SGE deben de ser recuperados a través del requisitos de integración REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0050 - Códigos económicos

La vinculación de los códigos económicos a los conceptos de gasto, junto con otros códigos propios de los proyectos que resulten de la convocatoria, es lo que permitirá componer el código completo de las aplicaciones presupuestarias que serán necesarias para la integración entre SGI y SGE.

La relación entre conceptos de gasto de investigación y códigos económicos se establecerá a nivel de proyecto, lo que posibilitará la adaptación en cada una de ellas. Podría haberse optado por hacer esta vinculación con carácter general en todo el SGI, pero esto implicaría que todos los proyectos/convocatorias tuvieran la misma relación concepto de gasto de investigación - código económico del SGI. 

La relación entre el concepto de gasto de investigación y sus códigos económicos quedará establecida por los siguientes campos:

A través de las fechas de inicio y fin se establece la vigencia de la vinculación entre concepto de gasto y código económico. Se contemplan estas fechas para dar cabida a que la correspondencia pueda variar a lo largo de la duración de la convocatoria/proyecto, debido a que en el SGE se registren modificaciones sobre los códigos económicos. Se parte de la base de que el listado de códigos económicos debe de ser leído desde el SGE, y es este sistema el que debe informar de la vigencia de los códigos económicos, de forma que las fechas de vigencia serán las marcadas por la información recogida de los códigos económicos el SGE, a través de REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0050 - Códigos económicos.  Estas fechas no serán obligatorias en el SGI, de forma que si fecha inicio y fecha fin no tienen ningún valor, indicará que la correspondencia está vigente durante toda la duración de la convocatoria. Sin embargo, se mantendrán como campos editables en el SGI para dar la posibilidad de cubrir alguna particularidad por la que estas fechas de correspondencia entre el concepto de gasto y el código económico puedan ser independientes de las fechas de vigencia del código económico en el SGE (debiendo ser introducidas en el SGI en cada convocatoria/proyecto por los ACT-CSP-003-Gestor).

Un  mismo concepto de gasto de la convocatoria puede estar vinculado a más de un código del SGE, con esto se cubrirá el hecho de que el SGE definirá sus códigos contables en subconceptos.  También puede darse la situación que un código económico del SGE pueda estar vinculado a varios conceptos de gasto de la convocatoria en un mismo rango de fechas (para estas situaciones se tendrá que elegir de forma manual durante la "Validación del gasto" cual es el concepto de gasto asociado al código económico que llegue del SGE para luego poder mostrar los gastos agrupados por concepto de gasto).

Costes indirectos

En este apartado Elegibilidad también se realizará la configuración de los costes indirectos. Para permitir que los costes indirectos queden vinculados al concepto de gasto correspondiente se indicará:

  • Concepto de gasto de los asociados a la convocatoria como elegibles que representa a los costes indirectos.
  • Porcentaje de costes indirectos. Será un valor informativo ya que el importe asociado a los costes indirectos deberá ser introducido en el presupuesto del proyecto.

A través de  la vinculación con los  Códigos económicos, los costes indirectos tendrán también su correspondencia con el SGE.

Conceptos de gasto no permitidos

Por último, los conceptos de gasto no permitidos quedarán definidos de forma similar a los permitidos, a través de los campos:

  • Elegibilidad:

    • Concepto de gasto

    • Fecha inicio

    • Fecha fin

    • Observaciones

  • Códigos económicos del SGE

Con el campo observaciones se podrá recoger cualquier comentario que aplique de forma concreta al gasto dentro del proyecto.

Los campos "fecha inicio" y "fecha fin" recogerá el rango de fechas en el que el gasto no estará permitido.

Un mismo concepto de gasto podrá estar incluido en el listado de gastos permitidos y en el de no permitidos. En el campo observaciones se indicarán las especificaciones marcadas por la convocatoria/proyecto dentro del concepto de gasto que delimitan la elegibilidad para el tipo concreto. Será la vinculación de los conceptos de gastos a los códigos económicos lo que ya determina qué subconceptos están o no permitidos, de acuerdo al desglose que cada SGE realice de los conceptos de gasto.

El listado de conceptos de gasto es configurable por los ACT-CSP-004-Administrador, a través de Gestión de conceptos de gasto de investigación, por lo que si en algún caso interesase que los conceptos de gasto fuesen de mayor granularidad, de forma que el mismo concepto ya discrimine la elegibilidad para evitar repetir el mismo concepto en los dos apartados (permitidos y no permitidos), también sería posible. No obstante debe tenerse en cuenta que el listado de conceptos de gasto de investigación es común a todo el SGI (y por tanto a todas las convocatorias y proyectos).

La relación entre el concepto de gasto de investigación y sus códigos económicos quedará establecida por los siguientes campos:

A través de las fechas de inicio y fin se establece la vigencia de la vinculación entre concepto de gasto y código económico. Se contemplan estas fechas para dar cabida a que la correspondencia pueda variar a lo largo de la duración de la convocatoria/proyecto, debido a que en el SGE se registren modificaciones sobre los códigos económicos. Se parte de la base de que el listado de códigos económicos debe de ser leído desde el SGE, y es este sistema el que debe informar de la vigencia de los códigos económicos, de forma que las fechas de vigencia serán las marcadas por la información recogida de los códigos económicos el SGE, a través de REQ - NF - INT - 0010 - SGE - 0070 0050 - Listar códigos Códigos económicos.  Estas fechas no serán obligatorias en el SGI, de forma que si fecha inicio y fecha fin no tienen ningún valor, indicará que la correspondencia está vigente durante toda la duración de la convocatoria. Sin embargo, se mantendrán como campos editables en el SGI para dar la posibilidad de cubrir alguna particularidad por la que estas fechas de correspondencia entre el concepto de gasto y el código económico puedan ser independientes de las fechas de vigencia del código económico en el SGE (debiendo ser introducidas en el SGI en cada convocatoria/proyecto por los ACT-CSP-003-Gestor).Un  mismo concepto de gasto del proyecto puede estar vinculado a más de un código del SGE, con esto se cubrirá el hecho de que el SGE defina sus códigos contables en subconceptos.  Sí se establecerá como restricción que un código económico del SGE solo pueda estar vinculado a un mismo concepto de gasto de la convocatoria en un rango de fechas (fecha inicio y fecha fin) determinado.

Presupuesto

En este apartado se registrará el presupuesto del proyecto. Será en el presupuesto donde se identifiquen las aplicaciones presupuestarias sobre las que se se va recoger el detalle de operaciones contables desde el SGE. En base a esto serán los ACT-CSP-003-Gestor quienes decidan el detalle con el que realizar el desglose del presupuesto. 

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