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Las Entidades convocantes se deberán seleccionar del listado de Entidades disponible en el módulo Empresas, común a todo el SGI. Este módulo, a su vez, tendrá establecidos los mecanismos de integración correspondientes con el/los sistemas corporativos universitarios, donde se centralice la información de empresas/organismos. Es común que las entidades, sobre todo las que representan a organismos públicos dispongan de una agrupación de subentidades. Las convocatorias/proyectos deben quedar referenciados a la subentidad (Ejemplo: Entidad: Ministerio de Ciencia e Innovación, Subentidad: Agencia estatal de investigación). El SGI tendrá la capacidad de recoger la información a nivel de subentidad, pero el sistema origen que marcará la disponibilidad de esta información será el/los sistemas corporativos universitarios que centralicen la información de las Empresas. Ver REQ- NF - INT-0010-SGE- 0060 0010 - Empresa EconómicaBuscar empresa

Si en el momento de creación del proyecto la entidad convocante no estuviese registrada, el usuario deberá dirigirse al módulo de Empresas, común al SGI, desde el que  se registrarán los datos necesarios para la creación de la nueva entidad. Será la integración de este módulo de Empresas con los sistemas corporativos de la Universidad, la que determine cuándo estará disponible la nueva entidad para poder vincularla al proyecto/contrato, así como quien determine los campos obligatorios a cumplimentar para poder registrar la Empresa. Ver REQ - NF -INT-0010-SGE- 0060 0010 - Empresa EconómicaBuscar empresa

De todos los campos que pudieran tener las Empresas, en el listado de las entidades convocantes se mostrará:

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Las Entidades financiadoras se deberán seleccionar del listado de Entidades disponible en el módulo Empresas, común a todo el SGI. Este módulo, a su vez, tendrá establecidos los mecanismos de integración correspondientes con el/los sistemas corporativos universitarios, donde se centralice la información de empresas/organismos.  Es común que las entidades, sobre todo las que representan a organismos públicos dispongan de una agrupación de subentidades. Las convocatorias/proyectos deben quedar referenciados a la subentidad (Ejemplo: Entidad: Ministerio de Ciencia e Innovación, Subentidad: Agencia estatal de investigación). El SGI tendrá la capacidad de recoger la información a nivel de subentidad, pero el sistema origen que marcará la disponibilidad de esta información será el/los sistemas corporativos universitarios que centralicen la información de las Empresas. Ver REQ - NF -INT-0010-SGE- 0060 0010 - Empresa EconómicaBuscar empresa

Si en el momento de creación del proyecto/contrato la entidad financiadora no estuviese registrada, el usuario deberá dirigirse al módulo de Empresas, común al SGI, desde el que  se registrarán los datos necesarios para la creación de la nueva entidad. Será la integración de este módulo de Empresas con los sistemas corporativos de la Universidad, la que determine cuándo estará disponible la nueva entidad para poder vincularla al proyecto/contrato, así como quien determine los campos obligatorios a cumplimentar para poder registrar la Empresa. Ver REQ- NF - INT-0010-SGE- 0060 0010 - Empresa EconómicaBuscar empresa

De todos los campos que pudiera tener regsitrados la Entidad en el módulo de Empresas, en el listado de las entidades financiadoras se mostrará:

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Los miembros del equipo se añadirán a partir de un buscador. Este buscador devolverá resultados a partir de la integración con el Sistema de gestión de personas corporativo (SGP). Este sistema debe disponer de algún campo que permita identificar en qué conjunto de población universitaria se clasifica cada persona (ejemplo PDI, PAS, Alumnos). En el proceso de implantación del SGI, cada Universidad debe de determinar, a partir de los filtros que se puedan establecer en la integración con el SGP, que grupos de personas deberán estar disponibles en el SGI para ser candidatas a formar parte de los equipos de proyecto. La búsqueda de las personas para cada colectivo debe de quedar resuelta a través del requisito de integración REQ-INT-0020-SGP-0010 - Listar colectivos SGI y REQ - NF - INT - 0020 - SGPER - 0030 - Buscar Persona Física con el/los correspondientes sistemas corporativos de la Universidad.  Si el buscador no devolviese al investigador que desea ser añadido al equipo de proyecto, éste no podrá ser registrado de manera directa en el SGI. Si fuese necesario registrar una nueva persona porque no estuviese aún identificada en los sistemas corporativos, el SGI facilitará los mecanismos de integración correspondientes, REQ - NF -INT-0020- SGPER SGP- 0010 - Añadir Persona Física0050 - Solicitar alta de persona externa, pero será necesario que este registro se realice sobre el sistema corporativo (externo al SGI) que centralice la información de personas con las que la Universidad mantiene algún vínculo.  El módulo de integración del SGI notificará al SGP la "orden" de creación de un nuevo miembro. Para ello desde el SGI (módulo INV) de deben recoger los campos necesarios para remitir esta información en la notificación de registro de nuevo investigador al SGP. La disponibilidad de este nuevo investigador, puede que no sea inmediata, pues la creación debe de ser realizada por el sistema externo, SGP.

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En primer lugar se realizará la búsqueda contra el SGE, donde el socio podría estar registrado si ya se hubieran establecido relaciones económicas con el mismo. En caso de que la búsqueda no sea satisfactoria, ésta se ampliará al SGP, pues podría darse la situación que el socio ya estuviera registrado como Empresa con la que ya se hubiera mantenido colaboración previa.

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Como ocurre con el equipo propio,  los miembros del equipo se añadirán a partir de un buscador. En este caso, los miembros no serán personal propio. La búsqueda será realizada, a través de los  mecanismos de integración provistos por el SGI, contra el SGP corporativo (REQ - NF -INT-0020- SGPER SGP- 0030 0020 - Buscar Persona Físicapersona en un colectivo). En este caso se debe aplicar la búsqueda sobe el colectivo de personas Externas a la universidad REQ-INT-0020-SGP-0010 - Listar colectivos SGI. Si el buscador no devolviese al miembro que desea ser añadido al equipo de proyecto del socio, éste no podrá ser registrado de manera directa en el SGI. El registro de nuevos miembros estará centralizado en el SGP, donde se deberá de identificar con la categorización adecuada que se trata de una persona ajena a la Universidad, con la que no establece una relación directa, sino un vínculo de colaboración. Esta categorización debe de ser definida en el SGP. El SGI simplemente notificará al SGP la "orden" de creación de una nueva persona (ajena a la Universidad), a través del requisito de integración REQ - NF -INT-0020- SGPER SGP- 0010 - Añadir Persona Física0050 - Solicitar alta de persona externa. Desde el SGI se deben recoger los campos necesarios y remitirlos al SGP. La disponibilidad de este nuevo miembro, puede que no sea inmediata, pues la creación debe de ser realizada por el sistema externo, SGP. Serán los mecanismos de integración que facilite este sistema los que determinen cuanto de inmediata será la operación. 

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