
Este proceso es el primer paso del proceso de selección y se puede lanzar desde el menú superior

o desde el acceso directo de la pantalla de entrada

En este proceso es donde se van a baremar cada una de las solicitudes presentadas. Los criterios de baremación los establece el centro de formación y son detalladados en este documento.
Entrada al proceso de baremación
El sistema mostrará una página, donde el gestor podrá introducir los parámetros para seleccionar la convocatoria y subprograma del que quiere consultar/lanzar el proceso de baremación.

Por defecto se mostrará el ejercicio en curso y los subprogramas vinculados al mismo, y para cada subprograma el n.º de convocatorias que hay.
Una vez seleccionado un subprobrama el sistema mostrara la relación de convocatorias asociadas a dicho subprograma cuyo plazo de solicitud ha finalizado.
Si para una convocatoria el proceso de baremación ya ha sido lanzado se informará de la fecha, y se dará la opción de relanzarlo actualizando dicha fecha de lanzamiento, y si no ha sido todavía lanzado se dará la opción de lanzarlo.  | 
Antes de lanzar el proceso de baremación en caso de que exista alguna acción formativa de la convocatoria sin plazas definidas se avisara al gestor indicado: "No es posible lanzar el proceso de baremación y posterior selección pues no se ha mecanizado el número de plazas disponibles para las siguientes acciones formativas: X, Y, Z…"  | 
Al lanzar el proceso se le pedirá confirmación al gestor antes de ser lanzado.

Criterios de baremación
- Se van a baremar todas las solicitudes presentadas en la convocatoria que no hayan sido anuladas.
 - La fecha a tener en cuenta a la hora de obtener información va a ser la fecha de fin del plazo de solicitud.
 - Para cada solicitud se obtiene la siguiente información:
- Número de puntos apartado A del baremo (se obtiene de Personal)
 - Número de puntos apartado B del baremo.
- Si no tiene un año de antigüedad en la UMU no se asignan puntos.
 - Se obtiene el número de cursos y horas realizados en los dos últimos ejercicios recogidos en APPICE/ATENEA de las acciones formativas que cumplen:
- Están Validadas o Realizadas.
 - Las horas computan en los criterios de selección de ejercicios posteriores.
 - La inscripción del estudiante esta validada o ha renunciado con penalización.
 - La acción formativa no era obligatoria para el solicitante.
 - Las horas del subprograma de formación computan en los criterios de selección de ejercicios posteriores.
 
 
 
 
En función del número de horas obtenidas se obtienen los puntos aplicando la siguiente tabla:
| Nº Horas Mínimo | Nº Horas Máximo | Puntos | 
|---|
| 0 | 10.99 | 15 | 
| 11 | 30.99 | 12 | 
| 31 | 50.99 | 9 | 
| 51 | 70.99 | 6 | 
- Fecha de antigüedad en la UMU (se determina fecha de toma de posesión en el histórico, no se tiene en cuenta la fecha en que la persona no pertenecía a la universidad)
 - Fecha de antigüedad a efectos de trienios, (se Determina la fecha de toma de antigüedad en la administración y depende de la fecha de cumplimiento de trienio)
 - Número de acciones formativas realizadas en los dos últimos ejercicios (que es el obtenido en el apartado ‘Número de puntos apartado B del baremo’).
 - Número de horas realizadas en los dos últimos ejercicios (que es el obtenido en el apartado ‘Número de puntos apartado B del baremo’).
 - Penalización ejercicio anterior. Penalizará con 15 puntos siempre que el alumno en el curso académico anterior haya renunciado con penalización a una acción formativa que este validada o realizada.
 
- Se marcará como incompatible siempre que el solicitante haya superado una acción formativa definida como incompatible con la solicitada en la convocatoria.
- Para determinar la incompatibilidad se tienen en cuenta las acciones incompatibles entre sí en los 3 últimos ejercicios. Es decir, en el ejercicio 2018 se comprobará si el solicitante ha superado alguna acción formativa incompatible en los ejercicios 2015, 2016 y 2017, teniendo en cuenta qué si la acción formativa 1 es incompatible con la acción formativa 2 y la 2 es incompatible con la 3, si el solicitante ha superado la acción formativa 3 será incompatible con la acción formativa 1.
 
 
En caso de que una acción formativa haya sido anulada y existan solicitudes de dicha acción formativa todas las solicitudes serán marcadas como excluida con el siguiente motivo ANULADA ACCIÓN FORMATIVA.  |