ÍNDICE
Anexo V. Mejoras introducidas en la Versión 2.3.1
Artículo 74 del Reglamento de Estudios Propios
En el caso de que exista una gestión privada de derechos y matrículas vinculadas a un Estudio Propio, según lo referido en el artículo 65.2 de este Reglamento, la entidad colaboradora abonará el 10% de los ingresos por precio público de matrícula a la Universidad de Murcia, salvo que el perfil de ingresos de las actividades esté orientado a profesionales en ejercicio, en cuyo caso, el Consejo de Gobierno podrá eximir de esa obligación cuando apruebe el correspondiente convenio específico. En cualquier caso, deberá establecerse en el convenio específico el procedimiento que se llevará a cabo en beneficio de los alumnos, la entidad externa y la Universidad de Murcia.
Ajuste Artículo 55 del Reglamento de Estudios Propios
- Máster
- La Propuesta académica de Máster Propio concluirán con la elaboración de un Trabajo de Fin de Máster Propio. (art. 55 del Reglamento de EP)
- El trabajo fin no podrá superar el 10% de presencialidad.
- El Trabajo Fin tendrá un mínimo de 6 créditos y un máximo del 25% de los créditos del plan de estudios (art. 55.2.b del Reglamento de EP).
- Especialistas Universitarios
- El trabajo fin no podrá superar el 10% de presencialidad.
Precio Trabajo Fin de Máster
Se marca el precio para el trabajo fin de máster en los listados para tener presente cual de los distintos precios públicos se corresponde al TFM.