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Proceso alegación a las Evidencias Objetivas 

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Los periodos que afectan al proceso de alegación a las evidencias objetivas lo definen los gestores en la convocatoria

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Una vez definido el periodo de solicitud los interesados no podrán acceder hasta que los gestores desde la convocatoria enviarán el Comunicado de inicio al profesorado evaluado.

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Una vez recibida esta comunicación los evaluados podrán acceder a docentium.um.es y consultar las evidencias objetivas cargadas en el sistema.

LLegada la fecha de inicio del periodo de solicitud es cuando podrán registrar y presentar las alegaciones que consideren.

Opciones para el interesado (PDI evaluado)

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El interesado podrá alegar sobre las evidencias objetivas cuando este abierto el plazo de alegaciones en la convocatoria y haya recibido la comunicación de inicio del proceso de evaluación enviada por los gestores.

¿Opciones del interesado en el momento de alegar?

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  • Las evidencias recuperadas directamente de la base de datos y que han sido introducidas por los responsables de los datos de las distintas unidades de la UMU por indicador indicador y en operaciones disponibles se mostrara el periodo de alegación y la opción de comenzar con las alegaciones 

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  • En la pestaña de alegación podrá ver la información detallada de las fuentes de datos sobre las que puede alegar y en operaciones disponibles se mostrara el periodo de alegación y la opción de comenzar con las alegaciones

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¿Sobre que se puede alegar?

El interesado podrá alegar sobre las evidencias objetivas a las que tiene acceso.

Actualmente están definidas como no alegables las siguientes evidencias:

  • Las asociadas a las encuestas de satisfacción del alumnado.
  • Las introducidas por los Centros y Departamentos.

¿Que debe hacer el interesado si esta conforme con las evidencias y no desea alegar?

El interesado en la pestaña de 'Consulta Evidencias' pulsara sobre el botón 'Aceptar Evidencias'

FALTA CAPTURA DE PANTALLA

  • El sistema marcara como que se han aceptado las evidencias

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  • Recogiendo este hecho en la hoja de ruta del expediente 

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  • Y no le permitirá alegar en esta fase.

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Info
titleNota

Pasado el plazo de alegaciones si el interesado no ha aceptado las evidencias y no ha reclamado, el sistema de forma automática en el expediente 'Evidencias confirmadas de oficio'.


¿Cómo puede el interesado presentar una alegación a la evaluación?

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El interesado en la pestaña 'Desglose para Alegaciones' pulsara sobre el botón 'Quiero Alegar' del menú de Operaciones Disponibles.

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El sistema abrirá una nueva página con el detalle de las evidencias y la opción de 'Alegar' en cada una de ellas.

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Info
titleImportante

Se podrá alegar al nivel mas bajo de cardinalidad de la evidencia, por ejemplo para la evidencia 1.1.1.05 se podrá alegar para una determinada titulación y asignatura y para el 3.1.1.01 se podría reclamar a nivel de titulación, asignatura y grupo.

Al pulsar sobre 'Alegar' se abrirá un modal con el detalle de la evidencia que se desea reclamar, por ejemplo si queremos alegar para la evidencia:

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El sistema nos abriría el siguiente modal

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Nos muestra los valores que la evidencia tiene según cardinalidad (en este caso curso académico) y el interesado deberá de recoger de forma obligatoria la siguiente información:

  • El valor que según el debe tener la evidencia, puede recoger información en uno o varios cursos académicos (obligatorio al menos uno).
  • Un texto explicativo de su alegación.
  • Adjuntar un documento que acredite la información registrada.

Una vez introducida la información pulsará sobre el botón 'Guardar Borrador'

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Y el sistema volverá a la pantalla anterior actualizando la información con la alegación registrada.

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y mientras este abierto el plazo y no se haya firmado el Anexo VIII podrá ser editada por el interesado.

Info
titleNota

Las alegaciones se van registrando en modo borrador y hasta que no se firme el Anexo VIII no se dará por presentadas las alegaciones

El interesado podrá seguir registrando alegaciones sobre otras evidencias siguiendo los mismos pasos.

Una vez haya terminado de registrar las alegaciones deberá pulsar sobre el botón 'Finalizar y Firmar' para que el sistema genere el Anexo VIII y abra la pasarela de firma.

PENDIENTE CAPTURA

Info
titleImportante

Una vez firmado el Anexo VIII se ha finalizado el proceso de alegación por parte del interesado y dicha alegación será respondida por las unidades correspondientes.

¿Que puede hacer el interesado si una vez firmado el anexo VIII quiere alegar sobre mas evidencias?

El interesado mientras este abierto el plazo de alegaciones podrá retroceder la firma del Anexo VIII y seguir registrando alegaciones.

PENDIENTE CAPTURA


¿Donde se ve la información registrada en las alegaciones?

La información se puede consultar y descargar los adjuntos presentados en las pestañas:

  • Desglose para Alegaciones.

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  • En la página de alegaciones, donde además el interesado si esta abierto el plazo y no ha firmado el Anexo VIII podrá editarla para modificarla.

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Información que visualizará el interesado para poder realizar la alegación

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