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Para aquellas actividades que ya hayan guardado datos en el registro definitivo, su icono será azul oscuro y cuando se haga clic irán directamente al registro definitivo (sin mostrar el modal), es decir, aquellas actividades que ya hayan guardado datos en el registro definitivo, no podrán cargar datos de otras actividades ya.

Anexo I. Controles por sección.

En este anexo, se indicarán todos los controles que se hacen para cada una de las secciones.


Responsable económico de una actividad

El responsable económico se define en base a esta lógica:

  • Si es una actividad de la normativa 2012 o bien de la normativa 2016 en caso de ROF:
    • Si la actividad es no limitativa, se coge el responsable de la unidad que se haya puesto como promotor UM. Nota: desde ATICA existen mecanismos, que previa tarea solicitándolo, se pueda poner que una actividad de este tipo, tenga como responsable al director de la misma
    Datos identificativos:
    • Se debe indicar título de la actividad
    • Si se sube una imagen particular, se debe indicar el check de cumplimiento.
    • Se debe indicar el área de conocimiento a la que pertenece la actividad.
    • La edición, si se define, debe ser en números romanos.
    • Si la actividad es modular, se debe definir al menos un módulo.limitativa, se coge como responsable económico aquel que se ha puesto en la sección de personal como tal.
  • Para actividades antiguas, el responsable económico se establecía en una sección para esto.


Anexo I. Controles por sección en registro definitivo (Normativa 2023_07).

En este anexo, se indicarán todos los controles que se hacen para cada una de las secciones.

  • Datos identificativos:
    • Se debe indicar título de la actividad
    • Si se sube una imagen particular, se debe indicar el check de cumplimiento.
    • Se debe indicar el área de conocimiento a la que pertenece la actividad.
    • La edición, si se define, debe ser en números romanos.
    • Si la actividad es modular, se debe definir al menos un módulo.
  • Promotores
  • Promotores:
    • Se debe indicar al menos un promotor UM.
    • Se debe adjuntar el documento de aprobación para todos los promotores UM.
    • Si se ha puesto promotores no UM, se debe indicar el convenio firmado.
  • Datos básicos:
    • Se deben indicar los ECTS de la actividad.
    • Los ECTS debe ser un número entero positivo.
    • Los ECTS deben estar en el rango establecido para su tipo de actividad.
  • Competencias:
    • Debe existir al menos una competencia.
  • Resultados de aprendizaje:
    • Debe existir al menos un resultado de aprendizaje.
    • No puede haber competencias que no hayan sido asignadas a algún resultado de aprendizaje.
    • Si el tipo de actividad indica que se determine, se debe indicar el nivel de experiencia de aprendizaje (EQF).
  • Asignaturas:
    • Se debe indicar al menos una asignatura.
    • El trabajo fin no puede superar el 25% del total de ECTS
    • No puede haber resultados de aprendizaje que no hayan sido asignados a alguna asignatura.
    • En el caso de actividades virtuales, se deben contabilizar las horas de tutorías.
    • Los datos obligatorios de las asignaturas deben estar cumplimentados.
  • Estructura:
    • Deben existir asignaturas.
    • Se debe indicar el carácter (obligatorio, optativo) de todas las asignaturas.
    • Las asignaturas que sean optativas deben tener asociado un itinerario.
    • En caso de tener optativas, se definirán al menos dos itinerarios.
    • El número de ECTS de la suma de las asignaturas debe coincidir con el definido en la actividad en datos básicos. 
    • La presencialidad no puede estar entre el 20% y el 40% (variable según parametrización anual) ya que por definición en la normativa, así se indica.
  • Calendarios y horarios:
    • El tiempo de dedicación máximo por día no podrá superar las 8h.
    • En el caso de tener días festivos, se debe registrar la justificación.
    • Se debe indicar el periodo de realización de todas las asignaturas.
    • Se hace el cálculo de días según las fechas puestas y/o festivos, y se compara con las fechas puestas, se debe cubrir por completo el desarrollo de la materia según el cálculo realizado de días.
    • Si se detecta que las fechas coinciden con las de una edición anterior, se indica que se actualicen dichas fechas.
  • Exámenes y actas
    • Si se detecta que las fechas coinciden con las de una edición anterior, se indica que se actualicen dichas fechas.
    • Si debe generar acta (+12ECTS o posgrado), se debe indicar la misma.
    • Si tiene actas,  se deberá o bien marcar que la actividad se puede superar durante los periodos comprendidos en el calendario de las materias e introducir al menos un periodo de exámenes, o bien introducir al menos dos periodos de exámenes
    • Si no tiene actas, se deberá o bien marcar que la actividad se puede superar durante los periodos comprendidos en el calendario de las materias o bien introducir un periodo de examen o bien las dos cosas.

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    • un promotor UM.
    • Se debe adjuntar el documento de aprobación para todos los promotores UM.
    • Si se ha puesto promotores no UM, se debe indicar el convenio firmado.
  • Datos básicos:
    • Se deben indicar los ECTS de la actividad.
    • Los ECTS debe ser un número entero positivo.
    • Los ECTS deben estar en el rango establecido para su tipo de actividad.
  • Competencias:
    • Debe existir al menos una competencia.
  • Resultados de aprendizaje:
    • Debe existir al menos un resultado de aprendizaje.
    • No puede haber competencias que no hayan sido asignadas a algún resultado de aprendizaje.
    • Si el tipo de actividad indica que se determine, se debe indicar el nivel de experiencia de aprendizaje (EQF).
  • Asignaturas:
    • Se debe indicar al menos una asignatura.
    • El trabajo fin no puede superar el 25% del total de ECTS
    • En los posgrados, si se indica que una asignatura es practicum, esta deberá tener al menos el 80% de presencialidad.
    • En los posgrados, si se indica que una asignatura es trabajo fin, no se podrá superar el 10% de presencialidad.
    • No puede haber resultados de aprendizaje que no hayan sido asignados a alguna asignatura.
    • En el caso de actividades virtuales, se deben contabilizar las horas de tutorías.
    • Los datos obligatorios de las asignaturas deben estar cumplimentados.
    • El cálculo de la presencialidad para la nueva normativa se hace sobre 8h, es decir, que 1 ECTS equivale a 8 horas presenciales en su caso (no 25 como antes), esto hace que el siguiente punto sea mas sensible.
    • En caso de poner horas presenciales, no se puede superar el 100% de las mismas (calculado con el punto anterior).
  • Estructura:
    • Deben existir asignaturas.
    • Se debe indicar el carácter (obligatorio, optativo) de todas las asignaturas.
    • Las asignaturas que sean optativas deben tener asociado un itinerario.
    • En caso de tener optativas, se definirán al menos dos itinerarios.
    • El número de ECTS de la suma de las asignaturas debe coincidir con el definido en la actividad en datos básicos. 
    • La presencialidad no puede estar entre el 20% y el 40% (variable según parametrización anual) ya que por definición en la normativa, así se indica. Se considera virtual si está por debajo del 20% de presencialidad (o inclusive), híbrido cuando está entre el 40% y el 60% de presencialidad (inclusive) y presencial cuando está por encima del 60% de presencialidad. Estos valores son parametrizables a través de casiopeaadmin por curso académico.
  • Calendarios y horarios:
    • El tiempo de dedicación máximo por día no podrá superar las 8h.
    • En el caso de tener días festivos, se debe registrar la justificación.
    • Se debe indicar el periodo de realización de todas las asignaturas.
    • Se hace el cálculo de días según las fechas puestas y/o festivos, y se compara con las fechas puestas, se debe cubrir por completo el desarrollo de la materia según el cálculo realizado de días.
    • Si se detecta que las fechas coinciden con las de una edición anterior, se indica que se actualicen dichas fechas.
  • Exámenes y actas;
    • Si se detecta que las fechas coinciden con las de una edición anterior, se indica que se actualicen dichas fechas.
    • Si debe generar acta (+12ECTS o posgrado), se debe indicar la misma.
    • Si tiene actas,  se deberá o bien marcar que la actividad se puede superar durante los periodos comprendidos en el calendario de las materias e introducir al menos un periodo de exámenes, o bien introducir al menos dos periodos de exámenes
    • Si no tiene actas, se deberá o bien marcar que la actividad se puede superar durante los periodos comprendidos en el calendario de las materias o bien introducir un periodo de examen o bien las dos cosas.
  • Diplomas y certificados:
    • Si el indicativo marcado es interuniversitario, se debe de indicar al menos una universidad colaboradora.
  • Justificación y procedimiento:
    • Se debe indicar la justificación.
    • Se debe indicar que la actividad no se confunde con ningún estudio oficial.
  • Acceso y admisión de estudiantes:
    • Se debe indicar el número mínimo previsto de estudiantes.
    • Se debe indicar el número máximo previsto de estudiantes.
    • El número mínimo de estudiantes debe ser inferior al número máximo de estudiantes.
    • Si tiene pruebas de acceso previstas, se deben indicar los sistemas de apoyo y orientación.
    • Si tiene pruebas de acceso previstas, se debe indicar el detalle de las mismas.
    • Se deben indicar los destinatarios.
    • Se deben indicar los requisitos de acceso.
  • Recursos materiales y servicios:
    • Si la actividad usa plataforma de aprendizaje, se debe indicar la URL de la plataforma.
    • Si la actividad usa plataforma de aprendizaje, se debe indicar en qué términos se usará la misma.
    • Si la actividad es de gestión externa, se debe indicar la URL que se usará para recoger las inscripciones de estudiantes
  • Fechas destacadas:
    • Se debe indicar la fecha de finalización del periodo académico.
    • Se debe indicar el periodo de matrícula previsto.
    • Se debe indicar el lugar de presentación de solicitudes de admisión y matrícula.
    • La fecha de matrícula debe ser 10 días anterior al inicio lectivo.
    • En caso de preinscripción, se deben indicar dichas fechas, las fechas de los listados deben tener al menos 5 días.  La lista provisional debe ser al menos un día después del periodo de preinscripción. La lista definitiva debe ser al menos un día después del periodo de reclamaciones. 
    • El fin lectivo debe ser menor que el fin académico.66
  • Personal:
    • Se debe indicar al menos un director UM
    • En caso de ser un gestor externo, si no se cumple el punto anterior solo será un aviso, ya que un gestor validará después esta información.
    • Se debe indicar un responsable económico, 
    • En caso de ser un gestor externo, si no se cumple el punto anterior solo será un aviso, ya que un gestor validará después esta información.
    • Se debe indicar al menos una persona que haga de apoyo a las comunicaciones.
    • En caso de ser un gestor externo, si no se cumple el punto anterior solo será un aviso, ya que un gestor validará después esta información.
    • El personal de apoyo no puede ser personal asociado.
    • Se establece un máximo de directores UM y directores no UM que se pueden definir, esto viene dado por los parámetros configurados en casiopeaadmmin. Para la nueva normativa, solo podrá haber un director y un codirector.
    • Se comprueba que todos los directores tengan el documento del compromiso.
    • Si la actividad tiene mas de 30 ECTS y hay coordinador, todos los coordinadores deben estar asignados a alguna asignatura.
    • Se debe indicar el CV breve para todos los docentes.
    • El director de la actividad debe tener el grado de Doctor.
    • El codirector de un centro adscrito, debe tener el grado de Doctor.
    • Cumplimiento Artículo 41:
      • Articulo 41. Capacidad de gestión

 1. El personal docente e investigador de la Universidad de Murcia con el grado de doctor, vinculación permanente y dedicación a tiempo completo puede dirigir, como máximo, 120 créditos ECTS de formación permanente anuales.

2. El personal ayudante doctor y el personal investigador doctor con venia docendi de la Universidad de Murcia puede codirigir, como máximo, 60 créditos ECTS de formación permanente anuales.

3. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Murcia puede codirigir, como máximo, 60 créditos ECTS de formación permanente anuales. Esta actividad no interferirá en las propias del puesto de trabajo y deberá estar autorizada por la Gerencia

El artículo se aplica tanto al director como al codirector, en el caso del director, le aplica el punto 1, en el caso del codirector, se le aplican los puntos 1, 2 y 3.

Hay que tener en cuenta que el cálculo de ECTS de un director se hace en base a todos aquellas actividades validadas o realizadas en las que ha actuado como director/codirector y están en el mismo curso académico de la actividad que se está registrando, además, cuando sean actividades que contemplen varios cursos académicos, el número de ECTS de las mismas se dividirá entre los cursos académicos que comprenda de manera equitativa. Además, cuando la actividad tenga varios directores, estos ECTS se repartirán también de manera equitativa entre los existentes. A estos ECTS se les sumarán los ECTS de la actividad que se está registrando, siguiendo la misma lógica, en este caso, solo podrá haber como mucho un director y un codirector.

    • Solo puede haber un director y un codirector (este es opcional).
  • Transparencia y reconocimiento de créditos:
    • No tiene controles específicos
  • Dedicación del personal docente:
    • La dedicación del profesorado deberá ser múltiplo de 15 minutos.
    • La dedicación del profesorado debe ser igual o superior a la presencialidad de la asignatura.
    • Si se supera el número de horas presenciales del estudiante, se debe justificar por qué.
    • Si el número de ECTS es igual o superior los 30 ECTS o hay coordinador, en la asignatura se debe indicar el coordinador.
    • Cumplimiento del artículo 42:
      • Artículo 42. Dedicación docente:

        1. El personal docente e investigador de la Universidad de Murcia que tenga vinculación permanente y dedicación a tiempo completo puede impartir hasta un máximo de 120 horas por curso académico en el conjunto total de enseñanzas de formación permanente de la Universidad de Murcia.

        2. El personal ayudante doctor y el personal investigador doctor con venia docendi de la Universidad de Murcia puede impartir, como máximo, 60 horas por curso académico en el conjunto total de enseñanzas de formación permanente de la Universidad de Murcia.

        3. El personal docente e investigador de la Universidad de Murcia a tiempo parcial puede impartir por curso académico, como máximo y fuera de su actividad habitual, 60 horas por curso académico en el conjunto total de enseñanzas de formación permanente de la Universidad de Murcia.

        4. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Murcia puede participar en actividades docentes de formación permanente siempre que disponga de la titulación necesaria y la docencia a impartir esté vinculada a su ámbito laboral. Su dedicación docente no podrá ser superior a 60 horas por curso académico en el conjunto total de enseñanzas de formación permanente de la Universidad de Murcia. Esta actividad no interferirá en las propias del puesto de trabajo y deberá estar autorizada por la Gerencia.

Hay que tener en cuenta, que la información actual de la base de datos corporativa para la venia decendi es solo para los centros adscritos, del resto no existe información en la misma. El número de horas por curso académico del personal se calcula sumando todas aquellas horas que tenga en dicho curso académico asignadas en el plan docente, para actividades validadas, realizadas y la actividad en registro. Estos controles se aplican cuando el personal sea UM.

  • Dedicación del personal de apoyo:
    • Todo el personal definido como apoyo debe de estar asignado.
    • Se debe indicar una descripción y dedicación.
    • La dedicación debe ser múltiplo de 15 minutos.
  • Comisiones:
    • Se debe indicar quien preside la comisión académica
    • Se debe indicar quien es el secretario de la comisión académica.
    • Se deben indicar al menos dos docentes en la comisión académica
    • Se debe indicar al menos un docente con vinculación permanente a la UM en la comisión académica.
    • Se debe indicar quien compone la comisión de calidad.
  • Pagos del personal:
    • Se debe indicar la retribución de cada personal en cada uno de los roles que desempeña.
    • El coordinador no tiene remuneración.
  • Memoria económica ingresos:
    • El total de ingresos será la suma entre las ayudas y subvenciones y los ingresos por matrícula, calculados multiplicando el precio mínimo por el mínimo número de estudiantes.
    • Se debe indicar al menos un precio público, si fuera gratuita, este precio será 0.
    • El total de ingresos y de gastos debe coincidir.
    • Los precios deberían estar todos en catálogo, pero se da la posibilidad a que puedan estar fuera de este, en ese caso, se debe justificar por qué.
    • Si se definen diferentes periodos y los precios van por colectivos, en los diferentes periodos tienen que estar los mismos colectivos.
    • Si se indica prácticas o bien trabajo final y es un posgrado modular, este debe indicar un precio público específico para esto.
  • Memoria económica gastos:
    • El total de ingresos y de gastos debe coincidir.
    • Si se definen diferentes periodos y los precios van por colectivos, en los diferentes periodos tienen que estar los mismos colectivos.
    • No habrá gasto por coordinación.
    • El porcentaje de becas, ahora será 0, no habrá apartado para becas y las ayudas a la matrícula se indicarán como otros gastos.
    • El artículo 76 de la anterior normativa no se aplica ahora (gastos dirección). 
    • Si el profesorado percibe menos del 40% del presupuesto de ingresos (art 77.2 del REP).
    • Los cánones, como ahora no hay beca, se aplican directamente sobre los ingresos, estos son parametrizables.
  • Ocupaciones:
    • La sección no es obligatoria y no aplica controles por tanto, para poner una, se debe indicar la ocupación ESCO.
  • Difusión y publicidad:
    • La sección no es obligatoria y no aplica controles por tanto.
  • SAIC:
    • Se debe indicar la tasa de abandono.
    • Se debe indicar la tasa de éxito.
    • Se debe indicar la tasa de rendimiento.
    • En caso de ser microcredencial, se debe indicar la supervisión y verificación de identidad durante la formación.
    • En caso de ser microcredencial, se debe indicar la supervisión y verificación de identidad durante la evaluación.
  • Observaciones:
    • La sección no es obligatoria y no aplica controles por tanto.
  • Documentación adjunta:
    • No aplica controles.