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Descripción

Personal de gestión. Un gestor pertenecerá una unidad, oficina o servicio. Se entiende por unidad u oficina, por ejemplo, UGI, OTRI, OPE o SAI.

Es el actor principal en este módulo, es quien inicia el flujo al registrar las convocatorias, revisará las solicitudes presentadas por el personal investigador (ACT- CSP-001-Investigador), realizará el seguimiento de proyectos, con especial prioridad a la recopilación de la información necesaria para la justificación económica. En el caso de las acciones de RRHH deberá tener disponible la información asociada a la duración de los contratos.


El personal de gestión podrá tener permisos (en el SGI) sobre más de una unidad de gestión. Sobre cada una de las unidades podrán actuar como gestores (ACT-CSP-003-Gestor), administradores de datos (ACT-CSP-004-Administrador) o visores de la información (ACT-CSP-005-Visor). Las convocatorias quedarán asociadas a una unidad de gestión en el momento de su creación. El usuario accederá a la información de la convocatoria (y sus solicitudes y proyectos derivados) en función del rol con el que esté adscrito a la unidad de gestión creadora de la convocatoria. Si el gestor no está asociado a una unidad de gestión concreta no podrá visualizar ninguna convocatoria, solicitud, proyecto de esa unidad.

Permisos


Observaciones
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