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¿Cómo pueden las Unidades UMU consultar y responder a las alegaciones realizadas?
La resolución de la alegación conlleva los siguientes pasos:
Responder a las alegaciones
Desestimación de la alegación
Estimación de la alegación
Para consultar las alegaciones presentadas por los evaluados los responsables de la unidad podrán consultar aplicando los siguientes filtros sobre los expedientes:
Con esto en el listado de expedientes solo mostrara aquellos que se encuentren en alguno de estos estados.
Para responder a las alegaciones se debe acceder a la pestaña Evidencias → Desglose para Alegación
Info | ||
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En el bloque de Operaciones disponibles se informa del periodo de respuesta, hay que tener en cuenta que hay que responder todas las alegaciones antes de que finalice el plazo indicado. Junto a la opción 'Responder Alegaciones' se informa del número de alegaciones presentadas por el interesado y del número de alegaciones pendientes de contestar |
Responder a las alegaciones
Para responder pulsaremos sobre el botón Responder Alegaciones → 'Registrar' y el sistema mostrara la relación de alegaciones que se han presentado.
Para cada alegación presentada pulsaremos sobre el botón 'Responder' y se nos abrirá un modal para poder recoger la información de nuestra respuesta.
El sistema mostrara el valor de la fuente de datos que tiene en docentium , así como el valor que según el interesado debería de ser y el texto de la alegación.
Nosotros deberemos de:
1.- Estimar o desestimar la alegación
- En caso de estimarla, deberemos de recoger el nuevo valor que le asignamos
- En caso de desestimarla no es necesario recoger ningún valor ya que no va a cambiar con respecto a lo recogido en docentium.
2.- Introducir un texto explicativo de la respuesta a la alegación independientemente de haber sido estimada o desestimada.
3.- Pulsaremos sobre el botón 'Guardar Borrador' y el sistema registrara la información introducida.
El sistema actualizara la información y la mostrara.
Info | ||
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Antes de finalizar el plazo de respuesta se debe haber respondido a todas las alegaciones presentadas. |
¿Hasta cuando se pueden registrar las respuestas o cambiar alguna de las ya registradas?
En caso de estar ya firmado el documento de respuesta y estar en plazo se deberá retroceder la firma para poder realizar cambios en las respuestas.
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Mientras este abierto el plazo de respuesta a las alegaciones sobre las evidencias el responsable de la Unidad podrá modificar los valores de la respuesta.
¿Como Finalizar la respuesta a las alegaciones?
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Firma de la respuesta a las alegaciones presentadas por el interesado
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