Árbol de páginas


Este proceso es el primer paso del proceso de selección y se puede lanzar desde el menú superior

o desde el acceso directo de la pantalla de entrada

En este proceso es donde se van a baremar cada una de las solicitudes presentadas. Los criterios de baremación los establece el centro de formación y son detalladados en este documento.

Entrada al proceso de baremación

El sistema mostrará una página, donde el gestor podrá introducir los parámetros para seleccionar la convocatoria y subprograma del que quiere consultar/lanzar el proceso de baremación.


Por defecto se mostrará el ejercicio en curso y los subprogramas vinculados al mismo, y para cada subprograma el n.º de convocatorias que hay.

Una vez seleccionado un subprobrama el sistema mostrara la relación de convocatorias asociadas a dicho subprograma cuyo plazo de solicitud ha finalizado.

Si para una convocatoria el proceso de baremación ya ha sido lanzado se informará de la fecha, y se dará la opción de relanzarlo actualizando dicha fecha de lanzamiento, y si no ha sido todavía lanzado se dará la opción de lanzarlo.

Antes de lanzar el proceso de baremación en caso de que exista alguna acción formativa de la convocatoria sin plazas definidas se avisara al gestor indicado: "No es posible lanzar el proceso de baremación y posterior selección pues no se ha mecanizado el número de plazas disponibles para las siguientes acciones formativas: X, Y, Z…"

Al lanzar el proceso se le pedirá confirmación al gestor antes de ser lanzado.

Criterios de baremación

  • Se van a baremar todas las solicitudes presentadas en la convocatoria que no hayan sido anuladas.
  • La fecha a tener en cuenta a la hora de obtener información va a ser la fecha de fin del plazo de solicitud.
  • Para cada solicitud se obtiene la siguiente información:
    • Número de puntos apartado A del baremo (se obtiene de Personal)
    • Número de puntos apartado B del baremo.
      • Si no tiene un año de antigüedad en la UMU no se asignan puntos.
      • Se obtiene el número de cursos y horas realizados en los dos últimos ejercicios recogidos en APPICE/ATENEA de las acciones formativas que cumplen:
        • Están Validadas o Realizadas.
        • Las horas computan en los criterios de selección de ejercicios posteriores.
        • La inscripción del estudiante esta validada o ha renunciado con penalización.
        • La acción formativa no era obligatoria para el solicitante.
        • Las horas del subprograma de formación computan en los criterios de selección de ejercicios posteriores.

En función del número de horas obtenidas se obtienen los puntos aplicando la siguiente tabla:

Nº Horas MínimoNº Horas MáximoPuntos
010.9915
1130.9912
3150.999
5170.996
    • Fecha de antigüedad en la UMU (se determina fecha de toma de posesión en el histórico, no se tiene en cuenta la fecha en que la persona no pertenecía a la universidad)
    • Fecha de antigüedad a efectos de trienios, (se Determina la fecha de toma de antigüedad en la administración y depende de la fecha de cumplimiento de trienio)
    • Número de acciones formativas realizadas en los dos últimos ejercicios (que es el obtenido en el apartado ‘Número de puntos apartado B del baremo’).
    • Número de horas realizadas en los dos últimos ejercicios (que es el obtenido en el apartado ‘Número de puntos apartado B del baremo’).
    • Penalización ejercicio anterior. Penalizará con 15 puntos siempre que el alumno en el curso académico anterior haya renunciado con penalización a una acción formativa que este validada o realizada.
  • Se marcará como incompatible siempre que el solicitante haya superado una acción formativa definida como incompatible con la solicitada en la convocatoria.
    • Para determinar la incompatibilidad se tienen en cuenta las acciones incompatibles entre sí en los 3 últimos ejercicios. Es decir, en el ejercicio 2018 se comprobará si el solicitante ha superado alguna acción formativa incompatible en los ejercicios 2015, 2016 y 2017, teniendo en cuenta qué si la acción formativa 1 es incompatible con la acción formativa 2 y la 2 es incompatible con la 3, si el solicitante ha superado la acción formativa 3 será incompatible con la acción formativa 1.


Nota

En caso de que una acción formativa haya sido anulada y existan solicitudes de dicha acción formativa todas las solicitudes serán marcadas como excluida con el siguiente motivo ANULADA ACCIÓN FORMATIVA.


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